Certificado sanitario oficial para la exportación de productos alimenticios.
Expedición de certificado sanitario para la exportación de productos alimenticios.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Salud
- Órgano directivo
- Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
- Clasificación
- Certificados
- Materia(s)
- Salud
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
1- Del solicitante: ser operador económico de empresa alimentaria inscrita en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
2.- De los productos alimenticios: haber sido producidos, almacenados y distribuidos conforme a la normativa vigente.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Al menos, tres días hábiles antes de la fecha de exportación de los producos alimenticios.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
- Impreso de solicitud, cumplimentado por duplicado.
- Impreso anexo a la solicitud, cumplimentado por duplicado, en el que se indican los datos relativos a la identificación del producto; procedencia del producto; destino del producto; fecha prevista para la expedición de la mercancía. El anexo incluye también una declaración del exportador relativo al cumplimiento de la condiciones de salubridad exigidas en el certificado y a la veracidad de los datos aportados.
- Justificante de abono de la tasa correspondiente.
- Para productos producidos / envasados en otra comunidad autónoma: certificación sanitaria de la autoridad competente de la comunidad autónoma de origen.
- Impresos
- Solicitud certificado
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Seguridad Alimentaria
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
- Órgano que resuelve
- Jefe/a de Servicio de Seguridad Alimentaria.
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada.
- Órgano
- Director General de Salud Pública.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa. Si la resolución no fuera expresa, se podrá interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente al que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 12 de mayo de 1993 por el que se establece el certificado sanitario oficial para la exportación de productos alimenticios (B.O.E. 21 de mayo de1993).
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.