Sede Electrónica

Centro iniciativas turísticas: Autorización - 222.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Órgano directivo
Direc. General de Turismo y Hosteleria (DIR3: A06035852)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Turismo, ocio y tiempo libre
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Entidad sin fines de lucro, promovida por asociaciones, fundaciones o particulares interesados en el sector para la promoción y fomento del turismo en un ámbito territorial determinado.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro Delegado de la Dirección General de Turismo, C/ Albert Einstein, nº 4, planta 1, 39001, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración pública del sector institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Tres ejemplares de los estatutos de constitución que comprenderán preceptivamente los siguientes documentos: a) Acta de la sesión fundacional, con nombres y cargos de la junta constitutiva, nombre de los miembros fundadores, sede social, denominación a utilizar por el centro, motivos razonados por los que se desea constituir el centro y ámbito territorial. b) Reglamento interno para su funcionamiento. c) Relación de actividades que se propone realizar en cumplimiento de los estatutos. d) Medios económicos iniciales que se presupuestan para su funcionamiento.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Turismo.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria (BOC nº extraordinario 3, de 26 de marzo de 1999).

Órgano que resuelve
Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Norma atributiva

Decreto 2481/1974, de 9 de agosto (BOE nº 217, de 10 de septiembre de 1974) de Ordenación de Centros de Iniciativas Turísticas.

Orden Ministerial de 8 de febrero de 1975 (BOE nº 44, de 20 de febrero de 1975).

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo.
Órgano
Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio y Tribunal Superio de Justicia de Cantabria.
Plazo
1 mes si recurso de reposición y 2 si recurso contencioso-administrativo.

Normativa

Normativa aplicada

Orden Ministerio Información y Turismo sobre centros de Iniciativas Turísticas de 8 de febrero de 1975.

Ordenación de Centros de Iniciativas Turísticas.

Ley 5/1999, de 24 marzo, de Ordenación del Turismo de Cantabria (BOC nº 3 Extra. de 26 de marzo de 1999).

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