Procedimiento para la calificación de la promoción o rehabilitación de viviendas protegidas en arrendamiento, con el objeto de verificar que la promoción se ajusta a los requisitos técnicos y jurídicos que deben reunir los edificios y viviendas.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Vivienda Y Arquitectura (DIR3: A06029686)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Vivienda y Urbanismo
- Forma de inicio
- De oficio
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Los establecidos en el artículo 63 del Decreto 4/2019 para las promociones, y los señalados en el artículo 64 del Decreto 4/2019 para los inquilinos y el precio del alquiler, ambos modificados por el artículo 5 del Decreto 28/2020, de 2 de mayo (BOC 8/5/2020)
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El promotor interesado en llevar a cabo una promoción de viviendas protegidas, para alquiler, de nueva construcción o con obras en curso paralizadas, y que reanuden las mismas hasta su completa finalización, financiada con cargo a las ayudas de este programa, deberá presentar una solicitud de calificación de viviendas protegidas en arrendamiento a partir del día siguiente al de la publicación del Decreto 4/2019 en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro Electrónico Común (https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm), Registro Delegado de la Dirección General competente en materia de vivienda (calle Alta nº 5, 39008, Santander), o en cualquier otro registro, o en las demás formas a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Gestión de Planes de Vivienda de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.
- Norma atributiva
Artículo 6.1 del Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021.
- Órgano que resuelve
- Director General con competencias en materia de vivienda.
- Norma atributiva
Artículo 6.2 del Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada
- Órgano
Titular de la Consejería con competencias en materia de vivienda
- Plazo
- 1 mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, o en cualquier momento si no hay resolución expresa.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden OBR/4/2007, de 17 de abril, por la que se aprueban las Ordenanzas Generales de Diseño y Calidad para las viviendas protegidas en Cantabria.
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- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
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- Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria
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- Decreto 28/2020, de 2 de mayo, por el que se incorpora, sustituye y modifican sendos programs de ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021, reguladas en el Decreto 4/2019, de 7 de febrero, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
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- Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021.
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- Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
