Sede Electrónica

Bono social para factura eléctrica

Certificado de cumplimiento de las circunstancias especiales recogidas en el apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica,modificado por el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.

Descargar información en pdf

Datos generales

Consejería
Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
Órgano directivo
Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
Clasificación
Certificados
Materia(s)
Consumo
Energía e industria
Servicios Sociales e Igualdad
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Los especificados en la solicitud

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Presencial
Lugar(es) para presentación presencial
En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2012, de 10 de diciembre.

Documentación

Solicitud cumplimentada y acompañada de la siguiente documentación:

En caso de que el solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de violencia de género, se aportará uno de los documentos siguientes

Sentencia definitiva y firme que condene a l persona agresora.

Resolución judicial por la que concluye el procedimiento penal de la que se deduzca que la persona solicitante ha sido víctima de violencia de género.

Orden de protección vigente, o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.

Resolución judicial que hubiere acordado medidas cautelares penales, siempre que estas estén en vigor.

Certificado emitido por una institución pública competente en el que conste que la persona interesada está siendo atendida dentro de un programa de atención a las víctimas subvencionado por una Administración Pública concreta.

En caso de que el solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima del terrorismo, se aportará resolución emitida conforme a la Ley 29/2011, e 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Victimas del Terrorismo por el Ministerio del Interior.

En caso de que el solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, o un grado II o III de dependencia, en otra Comunidad Autónoma distinta de Cantabria, deberá aportar Resolución del Organismo correspondiente.

Impresos
Solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Acción Social e Integración.
Órgano que resuelve
Servicio de Acción Social e Integración
Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, modificado por el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores

Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

Lo entiendo