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Becas para graduados en Derecho en la Secretaría General de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Procedimiento para la concesión de becas para graduados en Derecho en la Secretaría General de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Secret.Gral. de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion (DIR3: A06029683)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Becas, ayudas y premios
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

De acuerdo al artículo 2 de la Orden MED/20/2022, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el otorgamiento de becas de formación práctica para titulados universitarios en Derecho en la Secretaría General de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta Orden las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
b) Estar en posesión de la titulación universitaria en Derecho, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 3 años desde la expedición del título o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fecha de terminación del plazo de solicitudes.
c) No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma durante dos o más años.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Un mes desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (C/ Albert Einstein, 2, 39011 Santander, Cantabria), o por cualquiera de los medios establecidos al efecto en los artículos 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación requerida

Anexos I y II convocatoria

No obligatorio

Anexos I y II convocatoria

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Secretario General de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Norma atributiva

Orden MED/20/2022, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el otorgamiento de becas de formación práctica para titulados universitarios en Derecho en la Secretaría General de la consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Órgano que resuelve
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Norma atributiva

Orden MED/20/2022, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el otorgamiento de becas de formación práctica para titulados universitarios en Derecho en la Secretaría General de la consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso de reposición ante el órgano que dictó la resolución o recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Órgano

Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Plazo
- Para el recurso de reposición: 1 mes desde que se notificó la resolución si esta fuera expresa y en cualquier momento a partir de la producción de los efectos del silencio administrativo. - Recurso Contencioso-Administrativo: 2 meses.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • Orden MED/20/2022, de 27 de diciembre, por la que se establecenlas bases reguladoras para el otorgamiento de becas de formaciónpráctica para titulados universitarios en Derecho en la Secretaría General de la consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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