Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, dos becas para formación práctica de graduados universitarios especializados en industrias agrarias y alimentarias, de conformidad con las bases aprobadas por la Orden MED/23/2020, de 28 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para graduados universitarios en el área de industrias agrarias y alimentarias (BOC nº 213, de 5 de noviembre de 2020).
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca Y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General De Pesca Y Alimentacion (DIR3: A06004065)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Estar en posesión del título universitario oficial de Grado en Ingeniería de las Industrias Agrarias y Alimentarias siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la obtención del citado título y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Sean españoles o naturales de un país de la Unión Europea.
No hayan sido separados del servicio de ninguna Administración u Organismo público o privado como consecuencia de expediente disciplinario.
No estar incursos en cualquiera de las prohibiciones del artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
No hayan renunciado con anterioridad a alguna beca concedida por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
No hayan sido beneficiarios de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Dentro de los quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (C/ Albert Einstein, Nº 2, Edificio APIA PCTCAN,39011, de Santander), bien directamente, bien por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre o bien de forma telemática en el Registro Electrónico Común del Gobierno de Cantabria.
Documentación requerida
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SOLICITUD DE PARTICIPACION PROCESO SELECTIVO
No obligatorio
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DECLARACION RESPONSABLE Y AUTORIZACION PROCESO SELECTIVO
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Pesca y Alimentación.
- Norma atributiva
Orden MED/23/2020, de 28 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para graduados universitarios en el área de industrias agrarias y alimentarias (BOC nº 213, de 5 de noviembre de 2020).
Resolución de 20 de diciembre de 2021, por la que se convocan para el año 2022 dos becas de formación práctica para graduados universitarios en el área de industrias agrarias y alimentarias (BOC nº 250, de 30 de diciembre de 2021).
- Órgano que resuelve
- Consejero/a de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Orden MED/23/2020, de 28 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para graduados universitarios en el área de industrias agrarias y alimentarias (BOC nº 213, de 5 de noviembre de 2020).
- Plazo máximo de resolución
- 60 Días naturales
- Plazo medio de resolución
- Días naturales
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición.
- Plazo
- Un mes desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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- Orden MED/23/2020, de 28 de octubre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para graduados universitarios en el área de industrias agrarias y alimentarias (BOC nº 213, de 5 de noviembre de 2020).
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
