Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, una beca de formación práctica destinada a personas tituladas universitarias en Trabajo Social mediante la colaboración en la realización de actividades, trabajos y estudios de formación y especialización en materia de sanidad, a desarrollar en la Dirección General de Farmacia, Humanización y Coordinación Sociosanitaria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Salud
- Órgano directivo
- Direc. General de Farmacia, Humanizacion y Coordinacion Sociosanitaria (DIR3: A06029672)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Salud
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
a) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
b) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
c) Estar en posesión de la titulación universitaria prevista en la convocatoria, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 5 años, desde su obtención hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Los títulos presentados por las personas solicitantes deberán estar reconocidos y homologados oficialmente, así como tener plena validez en España.
d) No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
e) No estar incurso en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Además, esta beca, de conformidad con el apartado n) del artículo 16.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, será incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
f) Podrán tener la condición de beneficiarios de la beca de formación aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años establecido en la Ley de Cantabria 5/2015, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2016, o el que en su momento se encuentre vigente, si este último fuera diferente, debiendo acreditar el tiempo que han desempeñado en otra becas a efectos de poder calcular los límites normativamente establecidos.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria de la beca en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Las solicitudes se presentarán por medio de una instancia elaborada conforme al modelo que se acompaña como Anexo a la convocatoria y serán dirigidas a la persona titular de la Consejería de Salud, presentándose en el Registro de la Consejería de Sanidad ubicado en la calle Federico Vial, nº 13, CP 39009 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Farmacia, Humanización y Coordinación Sociosanitaria.
- Norma atributiva
Orden SAL/40/2024, de 5 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios de Trabajo Social en la Dirección General de Farmacia, Humanización y Coordinación Sociosanitaria.
- Órgano que resuelve
- La persona titular de la Consejería de Salud, sin perjuicio de posibles delegaciones de competencias.
- Norma atributiva
Orden SAL/40/2024, de 5 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios en Trabajo Social en la Dirección General de Farmacia, Humanización y Coordinación Sociosanitaria.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición, o directamente recurso contencioso-administrativo.
- Órgano
Recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería de Salud.
Recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.- Plazo
- El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso; si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses; si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
- Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
-
- Orden SAL/40/2024, de 5 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios en Trabajo Social en la Dirección General de Farmacia, Humanización y Coordinación Sociosanitaria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
