Sede Electrónica

Premios extraordinarios de Bachillerato, de enseñanzas profesionales de Música, de Artes Plásticas y Diseño y del concurso Hispanoamericano de Ortografía

Concesión, en régimen de concurrencia competitiva de los siguientes premios.

a) Premios extraordinarios de Bachillerato.

b) Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Música.

c) Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

d) Concurso Hispanoamericano de Ortografía.

En cada convocatoria se establecerá cuáles de estos premios son convocados

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
Órgano directivo
Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
Clasificación
Bases de Premios
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Educación y formación
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

a) Premios extraordinarios de Bachillerato:

1º. Haber cursado primero y segundo de Bachillerato en cualquiera de las modalidades en centros educativos españoles, en régimen presencia o a distancia, y tener depositado el expediente académico en un centro educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2º. Haber finalizado las enseñanzas de Bachillerato en el año académico al que se refiera la convocatoria.

3º. Haber obtenido en el conjunto de los dos cursos de Bachillerato una nota media igual o superior a 8,75 puntos. La nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias cursadas en los dos cursos de Bachillerato, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior. Para este cálculo no se tendrán en cuenta la materia de Religión, ni las calificaciones "apto", "exento" o "convalidado"

b) Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Música.

1º. Haber finalizado las enseñanzas profesionales de música en el curso académico de la convocatoria en un centro educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2º. Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de música. A estos efectos, las asignaturas convalidadas no serán tenidas en cuenta. En el caso de que el alumno haya accedido directamente al sexto curso de las enseñanzas, la nota media estará referida únicamente a las asignaturas de dicho curso.

c) Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

1º. Haber finalizado el ciclo formativo de grado superior de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el curso académico de la convocatoria en un centro educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2º. Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en el ciclo formativo de grado superior de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño. A estos efectos, los módulos convalidados o exentos no serán tenidos en cuenta.

d) Concurso hispanoamericano de ortografía.

1º. Estar matriculado, en régimen presencial, a distancia o nocturno, en segundo curso de Bachillerato en el curso académico de la convocatoria en un centro educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2º. Haber sido seleccionado por el centro educativo entre los alumnos matriculados en segundo curso de Bachillerato que participen en la fase organizada por dicho centro.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la convocatoria
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (C/ Vargas 53, 7ª planta) o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

La convocatoria establecerá la documentación y declaraciones responsables que deberán acompañar a la solicitud de participación.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
La Dirección General de Innovación y Centros Educativos actuará como órgano instructor en el caso de los Premios extraordinarios de Bachillerato y Concurso Hispanoamericano de ortografía. La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente actuará como órgano instructor en el caso de los Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de música y de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.
Norma atributiva

Orden ECD/72/2018, de 21 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de Bachillerato, de enseñanzas profesionales de Música, de Artes Plásticas y Diseño y del concurso Hispanoamericano de Ortografía en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
El titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
Norma atributiva

Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional
Órgano
Consejero de Educación, Cultura y Deporte. Tribunal Superior de Justicia de la CCAA en caso de recurso contencioso administrativo.
Plazo
Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto

Normativa

Normativa aplicada

Orden ECD/72/2018, de 21 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de Bachillerato, de enseñanzas profesionales de Música, de Artes Plásticas y Diseño y del concurso Hispanoamericano de Ortografía en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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