Concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al personal docente funcionario de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de actividades de formación.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Educacion, Formacion Profesional Y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General De Calidad Y Equidad Educativa Y Ordenacion Academica (DIR3: A06027484)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Educación y formación
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Docentes que hayan prestado servicios en la Comunidad Autónoma de Cantabria, como funcionarios de carrera, funcionarios en prácticas o funcionarios interinos de cualquiera de los cuerpos que integran la función pública docente, durante al menos cinco meses en el curso escolar para el que se convocan las ayudas y que obtengan valoración positiva en la actividad formativa para la que solicitan subvención o superen los créditos en los cursos, grados o másteres correspondientes.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Quince días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que se publique en el BOC el extracto de la convocatoria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
A través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) Auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades (C/ Río de la Pila, 13, Santander) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
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Solicitud Solicitud de subvención conforme al modelo normalizado que se establezca en cada convocatoria
Obligatorio
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NIF/NIE NIF/NIE de persona solicitante
Obligatorio
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Certificado de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias con la AEAT Certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de encontrarse al corriente de obligaciones para obtener subvenciones públicas
Obligatorio
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Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones a efectos de obtener subvenciones
Obligatorio
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Certificado de estar al corriente con la Administración de la CA Cantabria Certificado emitido por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) de estar al corriente de obligaciones a efectos de obtener subvenciones públicas
Obligatorio
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Otros documentos que establezca la convocatoria correspondiente Cada convocatoria establecerá otros documentos que deberán acompañar a la solicitud de subvención.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General competente en materia de formación permanente del profesorado.
- Norma atributiva
Orden EDU/8/2025, de 5 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al personal docente funcionario de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de actividades de formación.
- Informes o dictámenes
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- Informe del comité de valoración constituido de acuerdo con el artículo 6.2. de la Orden EDU/8/2025, de 5 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al personal docente funcionario de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de actividades de formación. (plazo de elaboración: La Orden no determina plazo.).
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería competente en materia de educación.
- Norma atributiva
Orden EDU/8/2025, de 5 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al personal docente funcionario de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de actividades de formación.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o directamente contencioso-administrativo.
- Órgano
Titular de la Consejería competente en materia de educación / Juzgado de lo contencioso-administrativo.
- Plazo
- Un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el caso del recurso de reposición, o bien dos meses para el contencioso-administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden EDU/8/2025, de 5 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, al personal docente funcionario de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de actividades de formación.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

