Solicitud y concesión de ayudas mensuales al pago del alquiler de vivienda en Cantabria a aquellos solicitantes que, habiendo obtenido la calificación de alquiler protegido, cumplan el resto de requisitos y condiciones reguladas en el Decreto 4/2019, de 7 de febrero, para su obtención.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Vivienda Y Arquitectura (DIR3: A06029686)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Vivienda y Urbanismo
- Forma de inicio
- Interesado, De oficio
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
- Para la obtención de las ayudas mensuales al pago del alquiler será necesario:
a) Que se mantenga vigente la calificación de alquiler protegido que habilita a su titular para solicitar la concesión y pago de las ayudas.
b) Solicitar la concesión y pago de la ayuda mensual antes del día 10 de cada mes, en los términos previstos en el artículo 25.
c) Que el solicitante haya hecho efectivo pago mensual de la renta pactada a la persona arrendadora, a través de los medios de pago exigidos en el Decreto 4/2019. - Además, será necesario que todas las personas que conforman la unidad de convivencia, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Asimismo será preciso que, a fecha de la solicitud, el titular del contrato de arrendamiento no se encuentra incurso en las prohibiciones del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 7 de julio, de Subvenciones de Cantabria y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Y que los justificantes del pago del alquiler contengan todos los datos exigidos en la convocatoria.
- Para la obtención de las ayudas mensuales al pago del alquiler será necesario:
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Las solicitudes de concesión y pago mensual de las ayudas al pago del alquiler deberán presentarse antes del día 10 de cada mes.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro Electrónico Común (https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm), Registro Delegado de la Dirección General competente en materia de vivienda (calle Alta nº 5, 39008, Santander), o en cualquier otro registro, o en las demás formas a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación requerida
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SOLICITUD DE CONCESIÓN Y PAGO MENSUAL DE LAS AYUDAS AL PAGO DEL ALQUILER.pdf
No obligatorio
SOLICITUD DE CONCESIÓN Y PAGO MENSUAL DE LAS AYUDAS AL PAGO DEL ALQUILER.pdf |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Director General con competencias en materia de vivienda.
- Norma atributiva
Artículo 6.3 del Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021.
- Órgano que resuelve
- El titular de la Consejería con competencias en materia de vivienda.
- Norma atributiva
Artículo 6.4 del Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Podrá interponerse recurso potestativo de reposición, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo
- Órgano
- Recurso potestativo de reposición: titular de la Consejería con competencias en materia de vivienda.
- Recurso contencioso-administrativo: Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
- Plazo
- - Recurso potestativo de reposición: 1 mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la resolución. - Recurso contencioso-administrativo: 2 meses a partir del día siguiente de la notificación de la resolución.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
