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Ayudas al pago del alquiler de vivienda

Solicitud y concesión de ayudas mensuales al pago del alquiler de vivienda en Cantabria a aquellos solicitantes que, habiendo obtenido la calificación de alquiler protegido, cumplan el resto de requisitos y condiciones reguladas en el Decreto 4/2019, de 7 de febrero, para su obtención.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Vivienda Y Arquitectura (DIR3: A06029686)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Vivienda y Urbanismo
Forma de inicio
Interesado, De oficio
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos
  1. Para la obtención de las ayudas mensuales al pago del alquiler será necesario:
    a) Que se mantenga vigente la calificación de alquiler protegido que habilita a su titular para solicitar la concesión y pago de las ayudas.
    b) Solicitar la concesión y pago de la ayuda mensual antes del día 10 de cada mes, en los términos previstos en el artículo 25.
    c) Que el solicitante haya hecho efectivo pago mensual de la renta pactada a la persona arrendadora, a través de los medios de pago exigidos en el Decreto 4/2019.
  2. Además, será necesario que todas las personas que conforman la unidad de convivencia, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  3. Asimismo será preciso que, a fecha de la solicitud, el titular del contrato de arrendamiento no se encuentra incurso en las prohibiciones del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 7 de julio, de Subvenciones de Cantabria y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  4. Y que los justificantes del pago del alquiler contengan todos los datos exigidos en la convocatoria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Las solicitudes de concesión y pago mensual de las ayudas al pago del alquiler deberán presentarse antes del día 10 de cada mes.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Presencial
Lugar(es) para presentación presencial

Registro Electrónico Común (https://rec.cantabria.es/rec/bienvenida.htm), Registro Delegado de la Dirección General competente en materia de vivienda (calle Alta nº 5, 39008, Santander), o en cualquier otro registro, o en las demás formas a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación requerida

SOLICITUD DE CONCESIÓN Y PAGO MENSUAL DE LAS AYUDAS AL PAGO DEL ALQUILER.pdf

No obligatorio

SOLICITUD DE CONCESIÓN Y PAGO MENSUAL DE LAS AYUDAS AL PAGO DEL ALQUILER.pdf

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Director General con competencias en materia de vivienda.
Norma atributiva

Artículo 6.3 del Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021.

Órgano que resuelve
El titular de la Consejería con competencias en materia de vivienda.
Norma atributiva

Artículo 6.4 del Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Negativo
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Podrá interponerse recurso potestativo de reposición, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo

Órgano
  • Recurso potestativo de reposición: titular de la Consejería con competencias en materia de vivienda.
  • Recurso contencioso-administrativo: Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Plazo
- Recurso potestativo de reposición: 1 mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la resolución. - Recurso contencioso-administrativo: 2 meses a partir del día siguiente de la notificación de la resolución.

Normativa

Normativa aplicada
  • Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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