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Ayudas explotaciones lácteas COVID 19.

Concesión directa de subvención a los 1023 titulares de explotaciones ganaderas de leche para paliar costes adicionales y extraordinarios del COVID 19.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

La presentación de la solicitud al tratarse de una concesión de subvención directa a los 1.023 titulares de explotaciones destinadas a la producción de leche, que figuran en el Anexo II.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación del Decreto regulador en el Boletín Oficial de Cantabria.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Los establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria, 5/2018, de 22 de noviembre, de Regimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucinal de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

ANEXO I de solicitud de subvención.

Impresos
ANEXO I
ANEXO II

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Desarrollo Rural.
Norma atributiva

Decreto 6/2022, de 3 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones acogidas al marco temporal de ayudas como consecuencia de la alarma provocada por el COVID-19 para el mantenimiento de las explotaciones de producción láctea de Cantabria.

Órgano que resuelve
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medioambiente.
Norma atributiva

Decreto 6/2022, de 3 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones acogidas al marco temporal de ayudas como consecuencia de la alarma provocada por el COVID-19 para el mantenimiento de las explotaciones de producción láctea de Cantabria.

Plazo de resolución
Según normativa aplicable
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medioambiente.
Órgano
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medioambiente.
Plazo
1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria.

Normativa

Normativa aplicada

Decreto 6/2022, de 3 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones acogidas al marco temporal de ayudas como consecuencia de la alarma provocada por el COVID-19 para el mantenimiento de las explotaciones de producción láctea de Cantabria.

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