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Ayudas a la rehabilitación a nivel de barrio.

Financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Vivienda y Arquitectura (DIR3: A06029686)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Vivienda y Urbanismo
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Contar con una delimitación del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP).
No estar incurso en la prohibición para obtener condición de beneficiario conforme a lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 38 /2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.
En caso de que el solicitante sean personas jurídicas deberán estar debidamente constituidas y deberán nombrar un representante o apoderado único con poderes bastantes.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Desde el 17 de diciembre de 2022 hasta el 30 de abril de 2023.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Cualquiera de las formas a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación requerida

SOLICITUD AYUDA BARRIOS

No obligatorio

SOLICITUD AYUDA BARRIOS

A 4 -DNSH

No obligatorio

A 4 -DNSH

A 1-DACI-EX ANTE

No obligatorio

A 1-DACI-EX ANTE

A 2 -DECLARACIÓN RESPONSABLE

No obligatorio

A 2 -DECLARACIÓN RESPONSABLE

A 3 -DACI-EX POST1

No obligatorio

A 3 -DACI-EX POST1

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Vivienda.
Norma atributiva

Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Decreto 116/2022, de 9 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas del Programa de actuaciones de rehabilitaicón a nivel de barrio y del Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Órgano que resuelve
Consejera de Empleo y Políticas Sociales.
Norma atributiva

Decreto 116/2022, de 90 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas del Programa de actuaciones de rehablitación a nivel de barrio y del Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición o contencioso administrativo.

Órgano

Recurso potestativo ante el mismo órgano y recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del TSJ de Cantabria.

Plazo
Recurso de reposición en el plazo de 1 mes y recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 meses.

Normativa

Normativa aplicada
  • Decreto 116/2022, de 9 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas del programa de actuaciones de rehabilitacion a nivel de barrio y del programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes del plan de recuperación, transformación y resiliencia.
  • Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regula los programas de ayuda en materia de rehablitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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