Ayuda preparatoria para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en materia de pesca para el periodo 2021-2027.

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Ayuda preparatoria para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en materia de pesca para el periodo 2021-2027.

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2023 de la ayuda preparatoria para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en materia de pesca para el periodo 2021-2027 prevista en el artículo 34 del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes. La misma se concederá en régimen de concurrencia competitiva.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca Y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General De Pesca Y Alimentacion (DIR3: A06004065)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta orden los candidatos preseleccionados en la Resolución publicada en el Boletín Oficial de Cantabria de 23 de febrero de 2023 de selección de entidades interesadas en convertirse en grupos de acción local del sector pesquero.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Las solicitudes se podrán presentar durante los 5 días siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

SOLICITUD SELECCIÓN GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL DEL SECTOR PESQUERO (GALP) 2021-2027

Las organizaciones candidatas a Grupo de Acción Local del Sector Pesquero para la elaboración de una Estrategia de Desarrollo Local Participativo deberán: 1. Estar constituidas por entidades representativas de los siguientes sectores: a) Sector pesquero: Integrado por las asociaciones y entidades de interés colectivo pesquero, marisquero y acuícola con personalidad jurídica propia, incluyéndose asociaciones del sector extractivo (cofradías de pescadores, asociaciones de armadores, rederas, artes menores, acuicultores, mariscadores, etc.); asociaciones del sector de la transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura y demás asociaciones relacionadas con el sector pesquero en general. b) Sector social: integrado por las asociaciones socioculturales, deportivas, medioambientales, recreativas y educativas, las asociaciones de mujeres, y asociaciones cuya actuación e intereses se desarrollen en todo o en parte del ámbito territorial. c) Sector económico: Integrado por asociaciones de empresarios, de agentes económicos y organizaciones sindicales. d) Sector público: Integrado por las administraciones públicas de ámbito local y entidades del sector público vinculadas o dependientes de éstas. La representación de los sectores anteriormente expuestos será equilibrada. 2. Tener personalidad jurídica pública o privada y estar constituidas antes de la aprobación de las estrategias. Las personas jurídico-privadas deben estar constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. 3. Tener entre sus socios a la mayoría de las entidades representativas del territorio y contar con el apoyo de la mayoría de las entidades asociativas del sector pesquero. Una entidad solo podrá ser socio de una organización candidata. 4. Delimitar el territorio de sus actuaciones para el periodo 2021-2027. 5. Comprometerse, mediante escrito de compromiso fi rmado por el responsable de la Asociación, a contratar un equipo técnico con formación cualifi cada y experiencia en la gestión de estrategias, que deben estar en funcionamiento antes de aprobar la estrategia; salvo entidades ya existentes que cuenten con personal propio. 6. Comprometerse, si es seleccionado, mediante escrito de compromiso fi rmado por el responsable de la Asociación, a elaborar una Estrategia de Desarrollo Local Participativo basada en los recursos del territorio y cuantifi cada por objetivos y prioridades, contando con la participación de todas las organizaciones públicas y privadas interesadas con implantación en el territorio. La Estrategia de Desarrollo Local Participativo comprenderá las actuaciones e inversiones previstas en el periodo de programación.

Obligatorio

anexo I SOLICITUD

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Pesca y Alimentación.
Norma atributiva

Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Consejero competente en materia de pesca.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
  • Recurso de reposición.
  • Recurso contencioso administrativo.
Órgano

Consejero competente en materia de pesca.

Plazo
- 1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio. - El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo es de dos meses desde que se dicte la resolución.

Normativa

Normativa aplicada
  • Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.
  • Resolución de 16 de mayo de 2022, por la que se hace pública la convocatoria de selección de candidatos a Grupos de Acción Local del Sector Pesquero para llevar a cabo las estrategias de desarrollo local participativo durante el período de programación del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 en la Comunidad Autónoma de Cantabria.(BOC Nº 99 de 24 de mayo).
  • Convocatorias

    No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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