Autorización para la pesca de angulas.
Autorización anual para la pesca de la angula en aguas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Pesca y Alimentacion (DIR3: A06004065)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
- Estar inscrito en el Censo de Pescadores de Angula de Cantabria.
- Estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.
- Domicilio social/fiscal en Cantabria.
- Estar dado de alta en el ISM o ser Mariscador profesional en activo.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria de la convocatoria de cada campaña.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
- Certificado corriente de obligaciones con la S.S.
- Certificado de Hacienda domicilio fiscal.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Pesca y Alimentación.
- Norma atributiva
Orden MED/39/2017, de 5 de octubre, por la que se establecen las bases generales que regulan la pesca de la angula en aguas interiores de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Directora General de Pesca y Alimentación.
- Norma atributiva
Orden MED/39/2017, de 5 de octubre, por la que se establecen las bases generales que regulan la pesca de la angula en aguas interiores de competencia de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 1 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada.
- Órgano
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzcan los efectos del silencio.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden MED/39/2017, de 5 de octubre, por la que se establecen las bases generales que regulan la pesca de la angula en la C.A. de Cantabria. Orden MED/36/2017, de 1 de septiembre, por la que se crea el Censo de Pescadores de Angula y se regulan las condiciones de acceso y permanencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria
-
Reglamento (UE) 2023/194 del Consejo, de 30 de enero de 2023, por el que se fijan para 2023 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión.
Presentación
Aportar documentación adicional
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.