Autorización o Registro de Establecimientos del Sector de la Alimentación Animal.
Inscripción en el Registro de Establecimientos del Sector de la Alimentación Animal de todos los operadores de piensos existentes en Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Los exigidos en el Reglamento(CE) núm. 183/2005, de 12 de enero, de higiene de los piensos y Decreto 76/2010, de 11 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de autorización o registro de los establecimientos del sector de la alimentación animal y los requisitos, en materia de higiene de los piensos, en los establecimientos y en las explotaciones ganaderas de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Antes del inicio de la actividad.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Documentación
Acta de constitución de la entidad asociativa, en su caso. Plano o croquis descriptivo de instalaciones. Autorización, evaluación o comprobación ambiental, en su caso. Certificación de estar inscrito en el Registro de industrias Agrarias, en su caso. Memoria descriptiva de la actividad, conforme al anexo II del Reglamento de Higiene de los piensos. Copia del manual APPCC correspondiente a la actividad desarrollada. Justificación del abono de la tasa correspondiente.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- El Servicio de Producción Animal de la Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Decreto 76/2010, de 11 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de autorización o registro de los establecimientos del sector de la alimentación animal y los requisitos, en materia de higiene de los piensos, en los establecimientos y en las explotaciones ganaderas en Cantabria ( artículo 6.4).
- Órgano que resuelve
- Director General de Ganadería y Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Decreto 76/2010, de 11 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de autorización o registro de los establecimientos del sector de la alimentación animal y los requisitos, en materia de higiene de los piensos, en los establecimientos y en las explotaciones ganaderas en Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero de de Medio Rural, Pesca y Alimentación
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzcan los efectos del silencio
Normativa
- Normativa aplicada
-
Reglamento 183/2005, del Parlametno Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005, por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos.
-
Real Decreto 821/2008, de 18 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos y se establece el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal.
-
Decreto 76/2010, de 11 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de autorización o registro de los establecimientos del sector de la alimentación animal y los requisitos, en materia de higiene de los piensos, en los establecimientos y en las explotaciones ganaderas en Cantabria.
Presentación
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- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
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