Autorización de usos en la zona de servidumbre de protección de costas.
Preservar y conservar las características físicas y jurídicas del dominio público marítimo-terrestre de modo eficiente a través de la servidumbre de protección.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Urbanismo y Ordenacion del Territorio (DIR3: A06027829)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Vivienda y Urbanismo
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
SUPUESTOS: Zona de Servidumbre de Protección de Costas, aún cuando concurra con Área de Protección del Plan de Ordenación del Litoral, y con independencia de la clasificación del suelo. REQUISITOS: Cumplimiento de la legislación de costas, legislación sectorial, planeamiento territorial y en concreto del Plan de Ordenación del Litoral y planeamiento urbanístico municipal.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
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- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Ayuntamiento correspondiente o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Solicitud y proyecto básico de las obras o instalaciones por triplicado. Si la solicitud es en suelo rústico contendrá además, según el artículo 116.1 de la Ley 2/2001 de 25 de junio: a) Características del emplazamiento y construcción que se pretenda, reflejadas en plano de situación. b) La adecuada justificación de los requisitos previstos en el planeamiento o la legislación de que se trate, y en particular en el Plan de Ordenación del Litoral. c) Las soluciones previstas de acceso y servicios necesarios. d) La justificación de la inexistencia de repercusiones negativas de carácter ambiental.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Ayuntamiento
- Norma atributiva
Artículo 27.2 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral de Cantabria, en relación con el artículo 116 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- Norma atributiva
Artículo 27.2 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral.
Decreto 163/2003, de 18 de septiembre, por el que se regulan la composición y el funcionamiento de la CROTU
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Reposición (potestativo)/Contencioso-administrativo
- Órgano
- Reposición: Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo Contencioso-administrativo: Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria
- Plazo
- Reposición: un mes Contencioso-administrativo: dos meses
Normativa
- Normativa aplicada
-
Plan de ordenación del litoral de Cantabria.
-
Reglamento general de costas.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.