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Autorización de suministro de combustible mediante camiones cisterna en Puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Autorizar con carácter general el ejercicio del suministro de combustible mediante camiones cisterna en puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Aguas Y Puertos (DIR3: A06027830)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Vivienda y Urbanismo
Obras Públicas, tráfico y transportes
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
Tasas

Canon por aprovechamiento especial del dominio público portuario.

Cada operación de suministro devengará un canon por aprovechamiento especial del dominio público portuario equivalente al 1% de la facturación de dicha operación.

Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Normativa: Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria y Decreto 60/2013, de 17 de octubre de 2013, por el que se regula el suministro de combustible mediante camiones cisterna en los recintos portuarios de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Requisitos

Requisitos

Homologaciones de la Delegación de Industria que faculten para la actividad de transporte y suministro de combustible. Presentar formulario de autorización ante la Dirección General competente en materia de Puertos (Anexo I del Decreto 60/2013, de 17 de octubre). Los demás establecidos en el Decreto 60/2013, de 17 de octubre.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

En cualquier momento anterior al inicio de la actividad.

Fecha inicio plazo presentación
26/11/2013
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro delegado del Servicio de Puertos, calle Alta 5, 3ª planta, 39008, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

Solicitud de autorización para suministro de combustible - Anexo I.

Por razones de interés general relativas a la seguridad de las operaciones portuarias, las empresas suministradoras deberán estar previamente autorizadas por la Dirección General competente en materia de puertos para el desarrollo de su actividad en el ámbito de los puertos autonómicos de Cantabria, de conformidad con el modelo de solicitud de autorización para suministro de combustible a embarcaciones mediante camión cisterna en los puertos de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Anexo I).

Firma manual o electrónica.

Obligatorio

Solicitud de autorización para suministro de combustible - Anexo I

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Puertos del Gobierno de Cantabria.
Norma atributiva

Decreto 113/2021, de 23 de diciembre, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Informes o dictámenes
  • Informe de la Capitanía Marítima de la Memoria de Métodos y Sistemas utilizados para la realización del suministro de combustible. (plazo de elaboración: 10 días.).
  • Órgano que resuelve
    Dirección General competente en materia de puertos.
    Norma atributiva

    - Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.

    - Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria.

    - Decreto 60/2013, de 17 de octubre, por el que se regula el suministro de combustible mediante camiones cisterna en los recintos portuarios de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

    Plazo máximo de resolución
    6 Meses
    Plazo medio de resolución
    1 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa
    No
    Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
    No
    Entidades Colaboradoras de Certificación

    En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

    Recursos

    Tipo

    Recurso de alzada.

    Órgano

    Consejero/a competente en materia de Puertos.

    Plazo
    1 mes.

    Normativa

    Normativa aplicada
    • Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.
    • Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria.
    • Decreto 60/2013, de 17 de octubre, por el que se regula el suministro de combustible mediante camiones cisterna en los recintos portuarios de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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