Sede Electrónica

Autorización de sistemas integrados de gestión de aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.

Autorizar los sistemas integrados de gestión de aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Medio ambiente
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Presentación de solicitud junto a la documentación correspondiente

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Publico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Documentación

Anexo X de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados: 1. Identificación forma jurídica, domicilio del sistema, descripción de su funcionamiento, descripción de los productos y residuos sobre los que actúa así como la zona geográfica de actuaicón, identificación de los miembros, criterios para la incorporación de nuevos miembros y descripción de las condiciones de incorporación; 2. Descripción de las medidas para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la responsabilidad ampliada del productor del producto, conforme a lo establecido en las regulaciones específicas; 3. Identificación, en su caso, de la entidad administradora así como las relaciones jurídicas y vinculos que se establezcan entre esta entidad y el sistema colectivo de responsabilidad ampliada y quienes lo integren; 4. Relaciones jurídicas y vínculos o acuerdos que se establezcan con las administraciones públicas en su caso, entidades o empresas con quienes acuerden o contraten para la gestión de los residuos en cumplimiento de las obligaciones que se les atribuyen o con otros agentes económicos; 5. Descripción de la financiación del sistema: estimación de ingresos y gastos. Cuando la gestión de residuos suponga un coste adicional para los productores y en su caso para los distribuidores, indicación de los métodos de cálculo y de evaluación del importe de la cuota que cubra el coste total del cumplimiento de las obligaciones que asume el sistema, garantizando que la misma servirá para financiar la gestión prevista, asimismo se indicará, en su caso, el coste que se repercute en el producto. Esta cuota cuando proceda se presentará desagregada por materiales, tipos o categorías. Asimismo, se especificará el modo de su recaudación. Las condiciones y modalidades de revisión de las cuotas en función de la evolución del cumplimiento de las obligaciones asumidas; 6. En su caso, propuesta de los criterios de financiación a los sistemas públicos; 7. Procedimiento de recogida de datos y de suministro de información a las administraciones públicas; 8. Previsión de cantidades de residuos (Kg y unidades) que se prevé recoger; 9. Porcentajes previstos de preparación para la reutilización, reciclado y valoración con sus correspondientes plazos y mecanismos de seguimiento. Artículo 8.3 del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
Norma atributiva

Artículo 32 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011), artículo 40 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

Órgano que resuelve
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Norma atributiva

Artículo 32 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011), artículo 8 del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos y Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso potestativo reposición
Órgano
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Plazo
1 mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación

Normativa

Normativa aplicada

Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados (BOE nº 181, de 29 de julio de 2011) y Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y la gestión de sus residuos.

Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. (BOE núm. 45, de 21 de febrero de 2015)

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