Autorización de modificación del horario de apertura de oficinas de farmacia.
General information
- Regional ministry
- Consejeria De Salud
- Governing board
- Direc. General De Farmacia, Humanizacion Y Coordinacion Sociosanitaria (DIR3: A06029672)
- Classification
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Subject(s)
- Health
- Starting way
- Interested
- Target
- Legal entities, self-employed persons and registered professionals
- Subject to fees
- No
- Languages in which the procedure can be completed
- Español
- Allow power of attorney
- Yes
- Links to web pages with specific information
- Type
No links are included
Requirements
- Requirements
El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cantabria presentará las solicitudes de modificación de horario recibidas por los titulares de oficinas de farmacia.
- Con carácter general, las solicitudes de modificación de horario de oficinas de farmacia se realizarán para el año siguiente durante el mes de septiembre del año en curso. Dichas solicitudes deberán especificar el horario por el que opta la oficina de farmacia, y en su caso, las circunstancias que concurren para solicitar la realización de un horario mínimo diferente al establecido con carácter general. Se acompañarán del compromiso del farmacéutico titular de disponer de los medios personales para cubrir las necesidades del servicio propuesto, de manera que se garantice la presencia y actuación profesional constante de, al menos, un farmacéutico durante todo el tiempo que la oficina de farmacia preste el servicio de atención al público. Este horario estará vigente hasta el final del año natural siguiente, considerándose prorrogado por periodos anuales en caso de ausencia de nueva solicitud.
Excepcionalmente, por circunstancias sobrevenidas, convenientemente justificadas, que impidan o dificulten el cumplimiento del horario durante todo el periodo para el cual fue autorizado, se podrán autorizar modificaciones solicitadas fuera del mes de septiembre, que extenderán su vigencia hasta el final del año natural siguiente al de la fecha de autorización. - Las solicitudes de ampliación de horario para periodos de uno a cuatro meses, o para periodos de tiempo de menor duración, por motivos de un incremento de la población a la que habitualmente presta servicio la oficina de farmacia, durante ciertas épocas del año, se presentarán por el Colegio Oficial de Farmacéuticos, al menos, con un mes de antelación al periodo durante el cual se pretenda realizar dicha ampliación.
Transcurrido un mes desde la presentación de la solicitud sin que haya recaído resolución, se entenderá otorgada la autorización solicitada.
Las oficinas de farmacia que cuenten con autorización de ampliación o modificación de horario, deberán mantener el mismo horario como mínimo los días laborables de lunes a viernes.
Cualquier cambio que sobre el horario autorizado se pretenda realizar requerirá una nueva autorización.
- Con carácter general, las solicitudes de modificación de horario de oficinas de farmacia se realizarán para el año siguiente durante el mes de septiembre del año en curso. Dichas solicitudes deberán especificar el horario por el que opta la oficina de farmacia, y en su caso, las circunstancias que concurren para solicitar la realización de un horario mínimo diferente al establecido con carácter general. Se acompañarán del compromiso del farmacéutico titular de disponer de los medios personales para cubrir las necesidades del servicio propuesto, de manera que se garantice la presencia y actuación profesional constante de, al menos, un farmacéutico durante todo el tiempo que la oficina de farmacia preste el servicio de atención al público. Este horario estará vigente hasta el final del año natural siguiente, considerándose prorrogado por periodos anuales en caso de ausencia de nueva solicitud.
Deadlines and submission
- Deadline for submission
Las solicitudes de ampliaciones de horario para periodos de un año o superiores, se presentarán durante el mes de septiembre.
Las solicitudes de ampliaciones de horario para periodos de uno a cuatro meses o para periodos de tiempo de menor duración, siempre que coincidan con las épocas del año en que se pueda producir un incremento de la población, se presentarán, al menos, con un mes de antelación al periodo durante el cual se pretenda realizar dicha ampliación.
Excepcionalmente, por circunstancias sobrevenidas, convenientemente justificadas, que impidan o dificulten el cumplimiento del horario durante todo el periodo para el cual fue autorizado, se podrán autorizar modificaciones solicitadas fuera del mes de septiembre.- Submission deadline start date
- 19/12/2019
- Submission deadline end date
- -
- Periodicity
- Continuous
- Means of submission
- Online and in person
-
- Online submission
- At the General Electronic Registry
- Art. 14. 2 of the Law 39/2015, of 1 October, of the Common Administrative Procedure of the Public Administrations, establishes the obligatory nature of the electronic management for certain subjects as, for example, a) The juridical persons, b) Entities without legal personality, c) Those who carry out a professional activity for which compulsory membership is required, for the procedures and actions they carry out with the Public Administrations in the exercise of said professional activity. In any case, within this group, notaries and property and mercantile registrars shall be included. d) Those who represent an interested party who is obliged to relate electronically with the Administration, e) The employees of the Public Administrations for the procedures and actions that they carry out with them due to their condition of public employee, in the form in which it is determined by regulation by each Administration.
- Place(s) for in-person submission
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, C/ Federico Vial, 13, 39009 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Required documentation
Processing and resolution
- Instructor board
- Sección de Ordenación Farmacéutica
- Attributive rule
Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Resolution entity
- Director/a General de Ordenación, Farmacia e Inspección.
- Attributive rule
Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Maximum deadline for decision
- 1 Meses
- Average deadline for decision
- Meses
- Effects of the administrative silence or inactivity of the Administration
- Initiation by request:
- Positivo
- Does it put an end to the administrative procedure?
- No
- Subject to participation of certification partner entities
- No
- Certification Partner Entities
-
Currently, there are no certification partner entities authorized to act in this procedure.
Appeals
- Type
Recurso de Alzada
- Board
Consejero/a de Sanidad.
- Deadline
- 1 mes si la resolución es expresa; si es presunta, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Regulations
- Regulation applied
-
- Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
-
- Ley 7/2001, de 19 diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cántabria. Orden SAN/30/2012, de 28 de septiembre, por la que se regulan los horarios de atención al público, servicios de guardia y vacaciones de las oficinas de farmacia.
Do you need help?
The 012 General Telephone Information Service will be available 24 hours a day, every day of the year, according to the following timetable:
- Personal telephone attention by means of information agents, from 9:00 to 21:00 hours from Monday to Friday, excluding public holidays.
Mechanised attention, via voicemail, during other hours and on public holidays. - Incoming calls to the mailbox will be recorded and then, from the General Information Telephone 012, a response call will be made to the citizen to resolve his or her request for information.
- For telephone calls from outside the Autonomous Community of Cantabria you can dial 942 395 563 (from abroad +34 942 395 563); if you are calling from Cantabria, you can dial 942 395 562.
- This service is only available in Spanish.
