Compatibilizar en lo posible el trazado de la conducción autonómica de abastecimiento de agua con los aprovechamientos, actuaciones y obras propuestas por ciudadanos, empresas o administraciones. Preservar la zona de servidumbre para el mantenimiento de las conducciones de agua, ordenar el cruce con otro tipo de conducciones y servicios.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Aguas Y Puertos (DIR3: A06027830)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Obras Públicas, tráfico y transportes
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Tener la libre disposición de los terrenos donde se ubique el cambio de trazado propuesto o ser titular del servicio o derecho que cruza o afecta a la tubería autonómica.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Antes del inicio de los trabajos correspondientes. Los cortes de agua para la conexión de las nuevas conducciones o para la realización de las obras correspondientes podrán no autorizarse en el periodo comprendido entre el 1 de Julio y 30 de Septiembre dependiendo de la zona en que se encuentre la tubería.
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/01/2011
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro Delegado de la Dirección General de Aguas y Puertos (Calle Lealtad 24, Santander).
Documentación requerida
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Acreditación de libre disposición de terrenos o titularidad de servicio. Documento que acredite la libre disposición de los terrenos para la realización del desvío de la tubería o documento de titularidad del servicio que se pretende cruzar o afectar con la tubería autonómica.
Obligatorio
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Documentación técnica del desvío, obra o servicio. Planos de planta, perfil y detalles del desvío, construcción o servicio que se cruce o afecte a la tubería autonómica. PDF o autocad
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Consejería con competencias en materia de abastecimiento y saneamiento (en la actualidad Dirección General de Aguas y Puertos).
- Norma atributiva
- Decreto 113/2021, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- Decreto 106/2019, de 23 de junio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Informes o dictámenes
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- Informe del Servicio de Aguas (plazo de elaboración: 3 meses).
- Órgano que resuelve
- Consejería con competencias en materia de abastecimiento y saneamiento (en la actualidad Dirección General de Aguas y Puertos).
- Norma atributiva
- Decreto 113/2021, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- Decreto 106/2019, de 23 de junio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso de Alzada.
- Órgano
Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
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- Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el reglamento del Dominio Público hidráulico.
Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

