Autorización de guías de circulación de peces.

Sede Electrónica

Autorización de guías de circulación de peces.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca Y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General De Pesca Y Alimentacion (DIR3: A06004065)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Solicitud del interesado.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia. 39011. Santander o en cualesquiera de los lugares establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Actividades Pesqueras.
Norma atributiva

Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Órgano que resuelve
Director/a General de Pesca y Alimentación
Norma atributiva

Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de Alzada

Órgano

Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es

Normativa

Normativa aplicada
  • Decreto 140/2003, de 8 de agosto, para la Ordenación de los Cultivos Marinos en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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