Autorización de consultorios de atención primaria.
Autorización de consultorios de atención primaria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Salud
- Órgano directivo
- Direc. General de Planific, Ordenac., Gest. del Conocimiento y Salud Digital (DIR3: A06027620)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Salud
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Los establecidos en cuanto a espacios fisicos, documentación clínica, equipamiento, dotación de material de
limpieza y gestión de residuos sanitarios en la Orden de 11 de noviembre de 2004 por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios para la autorización de Consultorios de Atención Primaria (Boletín Oficial de Cantabria 232 de 1 de diciembre de 2004).
Los establecidos en el Decreto 26/2014.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
La establecida en el artículo 11.1 del Decreto 26/2014, de 29 de mayo, para la obtención de la autorización de funcionamiento del centros, servicios o establecimientos sanitarios.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Ordenación Sanitaria
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria.
- Norma atributiva
Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Titular de la Consejería competente en materia de sanidad.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden de 11 de noviembre de 2004, por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios para la autorización de Consultorios de Atención Primaria (Boletín Oficial de Cantabria nº 232 de 1 de diciembre de 2004) Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.