Sede Electrónica

Autorización de consultorios de atención primaria.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Salud
Órgano directivo
Direc. General de Planific, Ordenac., Gest. del Conocimiento y Salud Digital (DIR3: A06027620)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Salud
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

Los establecidos en cuanto a espacios fisicos, documentación clínica, equipamiento, dotación de material de

limpieza y gestión de residuos sanitarios en la Orden de 11 de noviembre de 2004 por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios para la autorización de Consultorios de Atención Primaria (Boletín Oficial de Cantabria 232 de 1 de diciembre de 2004).

Los establecidos en el Decreto 26/2014.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, calle Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

La establecida en el artículo 11.1 del Decreto 26/2014, de 29 de mayo, para la obtención de la autorización de funcionamiento del centros, servicios o establecimientos sanitarios.

Impresos
N2-Formulario Solicitud Autorizacion de Funcionamiento

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Ordenación Sanitaria
Norma atributiva

Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Órgano que resuelve
Director/a General de Ordenación y Atención Sanitaria.
Norma atributiva

Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Titular de la Consejería competente en materia de sanidad.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es

Normativa

Normativa aplicada

Orden de 11 de noviembre de 2004, por la que se establecen los requisitos técnico-sanitarios para la autorización de Consultorios de Atención Primaria (Boletín Oficial de Cantabria nº 232 de 1 de diciembre de 2004) Decreto 26/2014, de 29 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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