Sede Electrónica

Autorización de actividades (visitas, exploraciones espeleológicas y de otras características) en cavidades naturales con interés arqueológico

Autorización previa por la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte de actuaciones (visitas, exploraciones espeleológicas y de otras características) en cavidades naturales con interés arqueológico.

Descargar información en pdf

Datos generales

Consejería
Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Órgano directivo
Direc. General de Cultura y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Cultura
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

El permiso podrá ser solicitado a la Consejería de de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte bien individualmente o bien de forma colectiva por todos los grupos interesados en realizar la visita.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Un mes de antelación a la visita proyectada y, en el caso de que ésta se pretenda realizar en los meses de julio y agosto, con dos meses de antelación.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, situada en la calle Lealtad, nº 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Informe favorable de la Federación Cántabra de Espeleología con relación a la solvencia espeleológica de la solicitud.

En el caso de visitas espeleológicas de exploración se aportará el citado informe de la Federación Cántabra de Espeleología y, además, la siguiente documentación:

1º. Un plan de trabajo, en el que se deberá señalar las fechas en las que se realizará la exploración.

2º. Las cuevas o zona geográfica completa que se quieran estudiar, indicada a ser posible en coordenadas de las hojas 17/50.000 del Instituto Geográfico y Catastral.

3º. Número de participantes.

4º. Los planes generales de estudio.

5º. Informe de la Federación Cántabra de Espeleología efectuando la distribución de la zona de trabajo.

Impresos
SOLICITUD

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Patrimonio Cultural
Norma atributiva

Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).

Órgano que resuelve
Persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica
Norma atributiva

Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Persona titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte
Plazo
Un mes si el acto administrativo fuera expreso. Si no es expreso, el recurso se puede interponer en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se producen los efectos del silencio administrativo (es decir, a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el plazo para dictar y notificar la resolución).

Normativa

Normativa aplicada

Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre de 1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998). Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998 (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).

Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

Lo entiendo