Autorización administrativa del uso de medios telemáticos para comunicar el contenido de los contratos de trabajo, sus prórrogas y el envío de las copias básicas.

Sede Electrónica

Autorización administrativa del uso de medios telemáticos para comunicar el contenido de los contratos de trabajo, sus prórrogas y el envío de las copias básicas.

Permite a empresas y colegiados profesionales comunicar el contenido de los contratos de trabajo, sus prórrogas y copias básicas a través de la aplicación Web creada a tales efectos.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación

La cumplimentación telemática del formulario de "solicitud de autorización administrativa" se podrá realizar durante todo el año. La presentación ante EMCAN-SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO del documento de solicitud impreso, acompañado de la correspondiente documentación, deberá realizarse en el plazo de los 30 días naturales siguientes a su cumplimentación y confirmación telemática.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Oficina de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo
Norma atributiva

Decreto 132/2004, de 10 de diciembre, de estructura orgánica y relación de puestos de trabajo del Servicio Cántabro de Empleo.

Órgano que resuelve
Director/a del Servicio Cántabro de Empleo
Norma atributiva

Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo (BOC de 26 de marzo de 2003) y Orden TAS/770/2003, de 14 de Marzo (BOE 5 de Abril de 2003).

Plazo máximo de resolución
15 Días hábiles
Plazo medio de resolución
Días hábiles
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de Alzada

Órgano

Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales

Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es

Normativa

Normativa aplicada
  • Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla
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