Autorización administrativa del uso de medios telemáticos para comunicar el contenido de los contratos de trabajo, sus prórrogas y el envío de las copias básicas.
Permite a empresas y colegiados profesionales comunicar el contenido de los contratos de trabajo, sus prórrogas y copias básicas a través de la aplicación Web creada a tales efectos.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion del Servicio Cantabro de Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Empleo y Seguridad social
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- La cumplimentación telemática del formulario de "solicitud de autorización administrativa" se podrá realizar durante todo el año. La presentación ante EMCAN-SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO del documento de solicitud impreso, acompañado de la correspondiente documentación, deberá realizarse en el plazo de los 30 días naturales siguientes a su cumplimentación y confirmación telemática.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- En su aplicación específica
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Solicitud, D.N.I. o, si se tratase de solicitante extranjero, pasaporte o documento que lo sustituya y N.I.E.; Si el solicitante es persona jurídica, además de la identificación, título jurídico en virtud del cual actúa. En caso de colegiados profesionales, certificado de colegiación profesional y certificado o informe de Vida Laboral.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Oficina de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo
- Norma atributiva
Decreto 132/2004, de 10 de diciembre, de estructura orgánica y relación de puestos de trabajo del Servicio Cántabro de Empleo.
- Órgano que resuelve
- Director/a del Servicio Cántabro de Empleo
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo (BOC de 26 de marzo de 2003) y Orden TAS/770/2003, de 14 de Marzo (BOE 5 de Abril de 2003).
- Plazo de resolución
- 15 Días hábiles
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.