Asistencia letrada a las entidades locales.

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Asistencia letrada a las entidades locales.

Asistencia letrada para el ejercicio de acciones y la defensa en juicio de los bienes, derechos e intereses de las entidades locales.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General De Administracion Local, Accion Exterior Y Casas De Cantabria (DIR3: A06029681)
Clasificación
Revisión de Actos administrativos y Recursos
Materia(s)
Justicia
Relaciones entre Administraciones Públicas
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Entidades locales con población de derecho no superior a 5.000 habitantes y presupuesto anual no superior a 420.708,5 euros.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Continuo.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Secretaría General de la Consejería competente en materia de administración local, que deberá pedir informe a la Dirección General del Servicio Jurídico sobre la posibilidad de formulación de la acción que se pretenda ejercitar por la entidad local o sobre la viabilidad de la defensa de las acciones entabladas contra la entidad local.
Norma atributiva

- Artículos 2.3 y 14.e) de la Ley de Cantabria 11/2006, de 17 de julio, de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico.

- Decreto de Cantabria 10/1996, de 26 de febrero, sobre Asistencia de la Diputación Regional de Cantabria a las Entidades Locales para su Defensa en Juicio (B.O.C. nº 46, de 4 de marzo de 1996).

Informes o dictámenes
  • Informe de la Dirección General del Servicio Juridico. (plazo de elaboración: 10 dias hábiles.).
  • Órgano que resuelve
    Titular de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
    Norma atributiva

    Art. 6.2 del Decreto 10/1996, de 26 de febrero, sobre Asistencia de la Diputación Regional de Cantabria a las Entidades Locales para su Defensa en Juicio (B.O.C. nº 46 de 4 de marzo de 1996).

    Plazo máximo de resolución
    3 Meses
    Plazo medio de resolución
    1 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa

    Recursos

    Tipo

    Requerimiento previo a la vía judicial.
    Recurso contencioso-administrativo.

    Órgano

    El Consejo de Gobierno en el caso del equerimiento previo.
    La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el caso del recurso contencioso-administrativo.

    Plazo
    2 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa o desde el día siguiente a producirse los efectos del silencio.

    Normativa

    Normativa aplicada
  • Artículos 2.3 y 14.e) de la Ley de Cantabria 11/2006, de 17 de julio, de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico.
  • Decreto de Cantabria 10/1996, de 26 de febrero, sobre Asistencia de la Diputación Regional de Cantabria a las Entidades Locales para su Defensa en Juicio (B.O.C. nº 46 de 4 de marzo de 1996).
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