Asignación de derechos de ayuda básica a la renta de la reserva nacional.
Establecer los criterios para la asignación de derechos con cargo a la reserva nacional de derechos de ayuda básica a la renta.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
1.- Ser agricultor activo.
2.- Disponer de hectáreas admisibles determinadas a efectos de la ayuda básica a la renta.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Del 24 de febrero de 2024 al 31 de mayo de 2024 que es la fecha de finalización del plazo de modificación de la solicitud única.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Diferente según la solicitud se efectúe por un joven o nuevo agricultor que comienza su actividad agrícola, agricultores en desventaja o agricultor legitimado para recibir o aumentar su importe en virtud de una sentencia judicial firme o acto administrativo firme tal como indica la circular anual del FEGA sobre los criterios para la asignación de derechos de ayuda básica a la renta.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- DIirección General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre para la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la PAC.
- Órgano que resuelve
- FONDO ESPAÑOL DE GARANTIA AGRARIA (FEGA).
- Norma atributiva
Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre para la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la PAC.
- Plazo de resolución
- Según normativa aplicable
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- De alzada.
- Órgano
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa, a contar a partir del día siguiente al de su notificación. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzcan los efectos del silencio.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Circular de coordinación 8/2024 del FEGA sobre criterios para la asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la reserva nacional.
-
Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nª 1305/2013 y (UE) nª 1307/2013.
-
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
-
Orden DES/5/2024, de 22 de febrero, por la que se convocan las ayudas financiadas por el FEAGA (Fondo Europeo Agrícola de Garantía) y FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural) incluidas en lasolicitud única para el año 2024, y se recogen las bases aplicables a las mismas.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.