Aprobación y revisión de las tarifas máximas de las concesiones otorgadas en materia de transportes.

Sede Electrónica

Aprobación y revisión de las tarifas máximas de las concesiones otorgadas en materia de transportes.

Aprobación y revisión de las tarifas que afectan tanto a las líneas regulares de transporte de viajeros por carretera como a las estaciones de autobuses.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Transportes Y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Obras Públicas, tráfico y transportes
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Ser concesionario de línea de transporte de viajeros por carretera o de la gestión de estaciones de viajeros, competencia del Gobierno de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
07/04/2025
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

A través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la dirección electrónica https://sede.cantabria.es/, así como en el Registro de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones, en la C/ Cádiz nº 2, 39002 de Santander, o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sin perjuicio de la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas aplicable a los operadores-colaboradores como sujetos comprendidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Transportes.
Norma atributiva

Ley 1/2014, de 17 de noviembre, de Transporte de Viajeros por carretera, de Cantabria.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Consejero/a de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Norma atributiva

Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
2 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso de reposición o contencioso-administrativo.

Órgano

Consejero/a de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia en el caso de recurso contencioso-administrativo.

Plazo
1 mes para el recurso de reposición y dos para el contencioso.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de Cantabria 1/2014, de 17 de noviembre de Transporte de Viajeros por carretera.
  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
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