Tramitación de todos los planeamientos urbanísticos cuya aprobación definitiva corresponda a la CROTU.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Urbanismo Y Ordenacion Del Territorio (DIR3: A06027829)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Vivienda y Urbanismo
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Órgano competente del municipio que corresponda, de acuerdo con el ámbito territorial del instrumento de planeamiento urbanístico.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
No se establece.
- Fecha inicio plazo presentación
- 09/04/2021
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Urbanismo y tramitación de expedientes de la CROTU.
- Norma atributiva
Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la estructura orgánica básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de ordenación territorial y régimen urbanístico del suelo en Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- Según normativa aplicable
- Plazo medio de resolución
- Según normativa aplicable
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Según normativa aplicable
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Frente al acto de aprobación dictado por la CROTU cabe recurso potestativo de reposición, o en su caso, directamente recurso contencioso - administrativo.
Frente al instrumento de planeamiento, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo frente a disposiciones de carácter general.- Órgano
Reposición: CROTU.
Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.- Plazo
- Reposición: Un mes. Recurso contencioso - administrativo: dos meses.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.