Las operaciones que integran la estrategia se llevarán a cabo mediante subvenciones públicas a los promotores de los proyectos seleccionados por los GAL. Los proyectos pueden ser:
En función de su naturaleza: Productivos o no Productivos
En función de su inclusión inicial en la estrategia: Programados o no Programados.
En todos los casos la selección de estos proyectos requiere convocatoria en libre concurrencia.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Empresas
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
- Los titulares de los proyectos deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
a. Ejecutar el proyecto localizado en la zona de aplicación del programa comarcal o relacionado directamente con la misma en términos de desarrollo.
b. Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria.
c. Mantener el destino de la inversión auxiliada, al menos, en los cinco años siguientes al pago final al beneficiario, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento (UE) nº 1303/2013.
d. Ser microempresa o pequeña empresa en los términos previstos en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE).
e. Que no concurran alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.
f. Exclusivamente para gastos o inversiones no productivas: acometer actividades o inversiones que sean de interés público y no constituyan una actividad económica por sí misma o de forma coadyuvante. - Cuando se trate de proyectos no productivos, no será de aplicación la letra d) del apartado anterior.
- Los titulares de los proyectos deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Según convocatoria de los Grupos de Acción Local (GAL)
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- En su aplicación específica
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
En las sedes de los Grupos de Acción Local (GAL).
ASÓN AGÜERA: Pº Barón de Adzaneta, 8 1ª pta. Fundación Orense 39800 Ramales de la Victoria
CAMPOO LOS VALLES: Casimiro Sáinz, 44 Matamorosa - 39200 Campoo de Enmedio
LIÉBANA: c/ San Roque, 7 2º 39570 POTES
VALLES PASIEGOS: Plaza J. Roldán Losada, 15 1º D 39610 Villacarriedo
SAJA-NANSA: Antiguas Escuelas de la Cocina, 3 39593 Róiz - Valdáliga
Documentación requerida
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Modelo solicitud 19.2
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Grupos de Acción Local: Gerencia
- Norma atributiva
Convenio entre la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación y las cinco asociaciones de desarrollo endógeno rural para la aplicación del programa Leader Cantabria 2014-2020
- Órgano que resuelve
- Junta Directiva o Asamblea General del Grupo de Acción Local, según casos.
- Norma atributiva
Convenio entre la Consejería de Medio Rural, P. y A. y el GAL¿ para la aplicación del programa Leader Cantabria 2014-2020.
Orden MED/44/2017, de 14 de noviembre, por la que se regula el régimen de las ayudas y las normas generales relativas al procedimiento de gestión de los Grupos de Acción Local del Programa Leader de Cantabria 2014-2020.
- Plazo máximo de resolución
- 12 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Contra Informe de subvencionabilidad negativo por parte la Dirección General Ganadería y Desarrollo Rural, recurso de alzada.
Contra resolución denegatoria de la Junta Directiva del GAL, que no agota la vía administrativa, recurso de alzada- Órgano
Contra Informe de subvencionabilidad negativo, ante el consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Contra la resolución denegatoria de la Junta Directiva del GAL, ante el Sr. Director General de Desarrollo Rural.- Plazo
- Contra Informe de subvencionabilidad negativo, un mes contado a partir del día siguiente al que reciba la notificación. Contra la resolución de la Junta Directiva del GAL, plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que reciba la notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden MED/44/2017, de 14 de noviembre, por la que se regula el régimen de las ayudas y las normas generales relativas al procedimiento de gestión de los Grupos de Acción Local del Programa Leader de Cantabria 2014-2020.
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- Orden MED/48/2015, de 14 de octubre, por la que se convoca la Selección de Estrategias de Desarrollo Rural para el período de programación 2014-2020 y se establecen los requisitos generales de su puesta en marcha.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
