Admisión de alumnos y alumnas para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional del Sistema Educativo en régimen a distancia en centros públicos.

Sede Electrónica

Admisión de alumnos y alumnas para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional del Sistema Educativo en régimen a distancia en centros públicos.

Admisión de alumnos y alumnas para cursar ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional del Sistema Educativo en régimen a distancia en centros públicos.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
Órgano directivo
Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Educación y formación
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Los establecidos en las instrucciones.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El que se establezca en las instrucciones.

Fecha inicio plazo presentación
15/07/2015
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Centro educativo responsable de impartir la enseñanza correspondiente.
Norma atributiva

Decreto 16/2009, de 12 de marzo y en la Orden EDU/30/2007, de 24 de mayo, la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Órgano que resuelve
El que establezca las instrucciones.
Norma atributiva

Decreto 16/2009, de 12 de marzo y en la Orden EDU/30/2007, de 24 de mayo, la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Plazo máximo de resolución
Según normativa aplicable
Plazo medio de resolución
Según normativa aplicable
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Según lo establecido en la normativa reguladora.

Órgano

Dirección General de Personal y Centros Docentes.

Plazo
Según lo establecido en la normativa reguladora.

Normativa

Normativa aplicada
  • Decreto 16/2009, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
  • Orden EDU/66/2010, de 16 de agosto, de evaluación y acreditación académica, en las enseñanzas de Formación Profesional Inicial del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificada por la Orden ECD/88/2018, de 17 de julio.
  • Instrucciones por las que se regula el procedimiento de admisión dealumnos y alumnas para cursar ciclos formativos de grado medio yde grado superior de Formación Profesional del Sistema Educativo enrégimen a distancia en centros públicos para el curso escolar 2022/2023.
  • Orden EDU/29/2010, de 6 de abril, por la que se regula el acceso y la matriculación del alumnado de Formación Profesional inicial en los centros públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Orden ECD/79/2012, de 27 de junio, que regula la Formación Profesional del sistema educativo en Régimen a Distancia en la Comunidad Autónoma de Cantabria, modificada por la Orden ECD/100/2018 de 17 de septiembre, y por la disposición final primera de la Orden ECD/36/2019, de 10 de mayo, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Orden EDU/30/2007, de 24 de mayo, por la que se regula la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria para cursar la Formación Profesional específica de Grado Superior.
  • Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

    Lo entiendo