Admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
La admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General de Centros e Infraestructuras Educativas (DIR3: A06027483)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Educación y formación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Participarán en este procedimiento: a) Los alumnos que vayan a escolarizase por primera vez en enseñanzas sostenidas con fondos públicos. b) Los alumnos que cambien de un centro a otro para cursar el mismo o distinto nivel o etapa educativa. c) Los alumnos que elijan un centro distinto de aquél en que se hubiera obtenido reserva de plaza.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Se fija anualmente por la Dirección General de Innovación y Centros Educativos.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
- Adscripción: Centro de primaria de origen.
Admisión: Centro docente elegido en primer lugar.
Documentación
- Solicitud.- Documento acreditativo de que el alumno reúne los requisitos de edad.- Documentación acreditativa que haya de presentarse a efectos de baremación, en su caso. - En el supuesto de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, además alguno de los documentos previstos en el artículo 14.2 de la Orden ECD/8/2013.
- Impresos
- Solicitud admisión
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Centros
- Norma atributiva
Decreto 52/2006, de 11 de mayo, por el que se modifica la estructura orgánica y la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación (BOC nº 99, de 24 de mayo).
- Órgano que resuelve
- Consejo Escolar de cada centro público.Titular del centro privado concertado bajo la supervisión del Consejo Escolar.Comisiones de Escolarización.Director General de Innovación y Centros Educativos.
- Norma atributiva
Decreto/16/2009, de 12 de marzo, modificado por Decreto 5/2012, de 26 de enero. Orden EDU/8/2013, de 4 de febrero.
- Plazo de resolución
- Según normativa aplicable
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada
- Órgano
- Dirección General de Innovación y Centros Educativos . Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley de Cantabria 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación. Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Decreto 16/2009, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, modificado mediante Decreto 5/2012, de 26 de enero y Decreto 22/2013, de 2 de mayo. Orden EDU/8/2013, de 4 de febrero, por la que se desarrollan determinados aspectos del procedimiento de admisión de alumnos en los centros públicos y centros privados concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.