Procedimiento para tramitar las solicitudes de adhesión y reconocimiento de las empresas interesadas en participar en el Programa "Rutas culturales Senior Cantabria" previsto en el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE CANTABRIA Y LA UNIÓN NACIONAL DE AGENCIAS DE VIAJES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA "RUTAS CULTURALES SENIOR CANTABRIA" DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA DURANTE EL AÑO 2026.
El Programa "Rutas Culturales Senior Cantabria" tiene como finalidad promover el envejecimiento activo de la población de Cantabria y atender situaciones de soledad no deseada, articulando su contenido a través de una oferta de ocupación del tiempo libre mediante rutas de viaje para personas que tengan cumplidos 55 años, residentes en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Con esta oferta se pretende favorecer la participación y el fomento de las relaciones interpersonales.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General De Dependencia, Atencion Sociosanitaria Y Soledad No Deseada (DIR3: A06027804)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El de vigencia del Convenio: Un año desde la publicación del Convenio en el BOC, susceptible de prórroga.
- Fecha inicio plazo presentación
- 06/03/2026
- Fecha fin plazo presentación
- 31/12/2026
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Anexo II Solicitud de adhesión al Programa. Datos entidad y, en su caso, representante, declaraciones responsables representación, no incompatibilidad para contratar, cumplimiento obligaciones tributarias, cumplimiento medios suficientes comercialización.
Obligatorio
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Certificado de inscripción en el Registro de Empresas Turísticas. Certificado de inscripción en el Registro de Empresas Turísticas de Cantabria regulado en Decreto 147/2015, de 15 de octubre.
Obligatorio
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Copia de la póliza de responsabilidad civil. Copia de la póliza vigente del seguro de responsabilidad civil para hacer frente a posibles responsabilidades derivadas de daños sobrevenidos como consecuencia de la actividad en realización de viajes y atención hostelera, que deberá tener cobertura para el país o países correspondientes, como mínimo, y cubrir siniestros de explotación de al menos 600.000 €, pudiendo ofrecer cada agencia otros seguros con mayores coberturas de forma opcional.
Obligatorio
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Rutas programadas. Contenido de las rutas programadas con especificación de sus características según lo previsto en el ANEXO I CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS RUTAS PROGRAMADAS del Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Cantabria a través de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y la Unión Nacional de Agencias de Viajes, para el desarrollo del programa Rutas culturales senior Cantabria, de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el 2026. Enlace: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=431956
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General competente en Dependencia, Atención Sociosanitaria y Soledad no deseada.
- Norma atributiva
Convenio de colaboración entre el Gobierno de Cantabria y la Unión Nacional de Agencias de Viajes para el desarrollo del programa "RUTAS CULTURALES SENIOR CANTABRIA" de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el año 2026.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- La persona titular de la Consejería competente en materia de inclusión social.
- Norma atributiva
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 1 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- Órgano
Recurso potestativo de reposición: Consejero/a competente en materia de inclusión social.
Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.- Plazo
- Recurso potestativo de reposición: en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación. Recurso contencioso - administrativo: en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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- Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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- Decreto 20/2012, de 13 de abril, de Simplificación documental de los Procedimientos administrativos.
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- Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Cantabria y la Unión Nacional de Agencias de Viajes para el desarrollo del programa.
Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

