Acreditación a entidades especializadas para actuar como servicios de prevención ajenos a las empresas (SERPA)

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Acreditación a entidades especializadas para actuar como servicios de prevención ajenos a las empresas (SERPA)

Otorgar la acreditación a aquellas entidades especializadas que pretendan actuar como servicios de prevención ajenos a las empresas en materia de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Órgano directivo
Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo (DIR3: A06027803)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Empresas
Empleo y Seguridad social
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Disponer de organización, instalaciones, personal y equipos necesarios para el desempeño de su actividad. Constituir una garantía que cubra su eventual responsabilidad. No mantener con las empresas concertadas vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, distintas a las propias de su actuación como servicio de prevención. Obtener la aprobación de la Administración Sanitaria en cuanto a los aspectos de carácter sanitario.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Sección de Relaciones Laborales.
Norma atributiva

Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos.

Decreto 7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Decreto 209/2019, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales

Órgano que resuelve
Director/a General de Trabajo
Norma atributiva

Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre). Real Decreto 1900/1996 de 2 de agosto, apartado B-b del Anexo de la citada disposición, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con el art. 31.5 de la Ley 31/1995,de PRL, y arts. 23 y ss del RD 39/1997

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de alzada

Órgano

Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales

Plazo
un mes si el acto es expreso o en cualquier momento si fuera presunto

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
  • Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Reglamento de los Servicios de Prevención de Riegos Laborales
  • Orden HAC/49/2013 por la que se establece el Registro de entidades especializadas acreditadas para actuar como servicios de prevención ajenos y de personas o entidades especializadas autorizadas para desarrollar la actividad de auditoría o evaluación externa del sistema de prevención en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • Orden TIN 2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
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