Sede Electrónica

Acceso al Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria.

El objeto de este procedimiento es facilitar, con las máximas garantías, el acceso, con fines consultivos, a los datos que figuran en el Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria.

Descargar información en pdf

Datos generales

Consejería
Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Órgano directivo
Direc. General de Cultura y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Cultura
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

El Inventario es un registro público, por lo que todo ciudadano tiene derecho a acceder a sus datos, con las limitaciones establecidas en el Decreto 22/2001 y, en general, las derivadas de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

El acceso a los documentos que contengan datos referentes a la intimidad de las personas estará reservado a éstas.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, situada en la calle Lealtad, nº 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Solicitud con los datos del interesado/a y de la información a la que desea tener acceso.

Impresos
SOLICITUD ACCESO INVENTARIO GENERAL

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Patrimonio Cultural.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).

Decreto 22/2001, de 12 de marzo, por el que se regula el Registro General de Bienes de Interés Cultural, del Catálogo General de Bienes de Interés Local y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria.

Órgano que resuelve
Persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).

Decreto 22/2001, de 12 de marzo, por el que se regula el Registro General de Bienes de Interés Cultural, del Catálogo General de Bienes de Interés Local y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada.
Órgano
Persona titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.
Plazo
Un mes si el acto administrativo fuera expreso. Si no es expreso, el recurso se puede interponer en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se producen los efectos del silencio administrativo (es decir, a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el plazo de dos meses para dictar y notificar la resolución), o acudir a la vía contencioso-administrativa.

Normativa

Normativa aplicada

LEY | Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre de 1998, de Patrimonio Cultural de Cantabria.Esta Ley ha sido modificada por las siguientes leyes:1. Ley de Cantabria 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria, (BOC núm. 230, de 28 de noviembre de 2001).2. Ley de Cantabria 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria, (BOC núm. 131, de 9 de julio).3. Ley de Cantabria 10/2013, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOC Extraordinario núm 62, de 30 de diciembre).4. Ley de Cantabria 2/2017, de 24 de febrero, de Medidas Fiscales y Administrativas, (BOC Extraordinario núm. 2, de 28 de febrero de 2017).5. Ley de Cantabria 9/2017, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, (BOC extraordinario núm. 50, de 29 de diciembre).6. Ley de Cantabria 5/2019, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, (BOC Extraordinario núm. 76, de 30 de diciembre).

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, General de Protección de Datos.

Decreto 22/2001, de 12 de marzo del Registro de Bienes de Interés Cultural, del Catálogo General de Bienes de Interés Local, y del Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria.

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