Facilitar el acceso a la documentación arqueológica, entendiendo por tal toda la documentación inédita o publicada de actuaciones realizadas, el inventario arqueológico, la base de datos bibliográfica y los bienes muebles depositados en museos y otros centros de titularidad pública dependientes de la Administración autonómica.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General De Cultura Y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Cultura
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
La documentación arqueológica inédita tendrá acceso restringido, exigiéndose que el solicitante sea investigador y que motive suficientemente su solicitud, resolviendo la administración autonómica, oída de la Comisión Técnica de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. En el resto de los casos, la documentación estará a disposición de cualquier interesado/a que lo solicite.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/01/2011
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, situada en la calle Lealtad, nº 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
SOLICITUD ACCESO A DOCUMENTACIÓN ARQUEOLÓGICA
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Patrimonio Cultural.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria y Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998, así como Decreto 70/2020, de 22 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de Alzada.
- Órgano
Persona titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.
- Plazo
- Un mes si el acto administrativo fuera expreso. Si no es expreso, el recurso se puede interponer en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se producen los efectos del silencio administrativo (es decir, a partir del día siguiente a aquel en que finaliza el plazo de tres meses para dictar y notificar la resolución), o acudir a la vía contencioso-administrativa.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998).
Presentación
Nueva presentación electrónica ¿Cómo realizar una presentación electrónica?Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.