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CONVOCATORIA 2023 Orden MED/14/2023

Orden MED/14/2023, del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de 24 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de la ayuda preparatoria para la elaboración de las estrategias de desarrollo local participativo en materia de pesca para el periodo 2021-2027.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Pesca y Alimentacion (DIR3: A06004065)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Número BOC
84 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
03/05/2023
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta convocatoria los candidatos preseleccionados en la Resolución publicada en el Boletín Oficial de Cantabria de 23 de febrero de 2023 de selección de entidades interesadas en convertirse en grupos de acción local del sector pesquero.
Los beneficiarios, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No tener pendiente de pago ninguna obligación por reintegro de subvenciones ni sanción firme pendiente de pago por infracción de la normativa marítimo-pesquera.
b) No incurrir en alguna de las circunstancias a que se refieren los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
d) Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en lo relativo a las medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (artículo 13.3 bis en relación con el artículo 31.2 de dicha Ley).
Los posibles beneficiarios, al formalizar su solicitud, se someterán voluntariamente al cumplimiento de las condiciones que se establezcan tanto para el pago de las subvenciones como para la concesión y demás requisitos exigibles por la normativa vigente que sea de aplicación.
Los beneficiarios están obligados a facilitar cuanta información relacionada con la subvención les sea requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de la entidad local, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos.
Los beneficiarios deberán publicar, en caso de percibir ayudas públicas por importe mínimo de 10.000 euros, las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tales como presidente, secretario general, gerente, tesorero y director técnico. La publicación se regirá por lo establecido en el artículo 39.6 de la Ley de Cantabria 1/2018 de 21 de marzo de Transparencia de la Actividad Pública. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la revocación de las ayudas o subvenciones y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
04/05/2023
Fecha fin plazo presentación
10/05/2023
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

  • La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y requisitos establecidos en la presente orden. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.
  • El Servicio de Actividades Pesqueras podrá requerir cuanta información y documentación que considere necesaria, cuando no se desprenda la certeza del cumplimiento de los requisitos necesarios para la tramitación de las ayudas.
Impresos
Modelo de Solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Pesca y Alimentación.
Norma atributiva

Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.

Órgano que resuelve
Consejero competente en materia de pesca.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso de reposición y recurso contencioso administrativo.
Órgano
Consejero competente en materia de pesca.
Plazo
1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo es de dos meses desde que se dicte la resolución.

Otras convocatorias

Orden DES/30/2023, de 2 de octubre, por la que se establecen las normas y convocatoria para la selección y aprobación de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) y se regulan las obligaciones de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero (GALP) para Cantabria, de acuerdo con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) para el periodo 2021-2027.

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