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CONVOCATORIA 2020 Orden MED/11/2020

Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 3 de agosto de 2020, por la que se convocan ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno ligada a tierra para el año 2020.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Número BOC
152 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
10/08/2020
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas por la presente Orden las personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, que sean titulares de una explotación de ganado vacuno inscrita en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria y que entregue leche cruda a la industria (a primeros compradores debidamente registrados y bajo contrato homologado) o bien la transforme directamente en la explotación (venta directa), a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de ayudas. En este último caso, deberá cumplir con el registro en LetraQ de su centro Lácteo, realizar los análisis de muestras de leche mensuales mínimas correspondientes, en su caso, y así como realizar en FEGA las declaraciones anuales de la leche trasformada en dicho centro.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
11/08/2020
Fecha fin plazo presentación
10/09/2020
Vías de presentación
Telemática y presencial
Lugar(es) para presentación presencial
En las Oficinas comarcales de esta Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Juridico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

La solicitud de subvención se ajustará al modelo que figura como anexo I, a la que se acompañará la documentación indicada en éste por el solicitante, en su caso, así como del anexo II. Concretamente:

  1. La presentación de la solicitud supone la autorización implícita a la Dirección General de Ganadería para recabar vía telemática los certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (A.E.A.T), de la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda Autonómica que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal, la Hacienda Autonómica y con la Seguridad Social. En el supuesto de que el solicitante denegase expresamente que otorga dicha autorización, deberá presentar los oportunos certificados junto con su solicitud de subvención.
  2. Autorización del interesado a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para utilizar los datos relativos a la calidad de la leche, declaración anual de venta directa, número de UGMs y declaración de superficies efectuada en la última solicitud de ayudas de la PAC, a los efectos de calcular la carga ganadera de su explotación. En el caso de no haber efectuado solicitud de ayudas de superficie de la PAC, el interesado deberá proceder al marcado de la casilla correspondiente en el anexo I y aportar dicha información en el apartado correspondiente del anexo II.
  3. Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  4. Declaración responsable de no estar sujeta la explotación a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
  5. Declaración de los importes correspondientes a las ayudas de mínimis percibidas por el solicitante en el ejercicio fiscal de la solicitud y en los dos ejercicios fiscales anteriores a la misma (anexo II).
Impresos
Modelo de Solicitud
Anexos.
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 3 de agosto de 2020, por la que se convocan ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno ligada a tierra para el año 2020.

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Ganadería.
Norma atributiva

Orden DES/21/2024, de 4 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra de Cantabria.

Órgano que resuelve
Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, y Alimentación.
Norma atributiva

Orden DES/21/2024, de 4 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra de Cantabria.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, o bien recurso de reposición en el plazo de un mes ante el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación.
Órgano
Juzgado contencioso-administrativo en el caso del recurso contencioso-administrativo y Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación en el caso del recurso de reposición.
Plazo
2 meses en el caso del recurso contencioso-administrativo y 1 mes en el caso del recurso de reposición ante el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Otras convocatorias

Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 19 de marzo de 2021, por la que se convocan ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno ligada a tierra para el año 2021.

Ayuda/Subvención  

Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 24 de marzo de 2022, por la que se convocan ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno ligada a tierra para el año 2022.

Ayuda/Subvención  

Resolución del consejero de desarrollo rural, ganadería, pesca, alimentación y medio ambiente, de 26 de mayo de 2023, por la que se convocan ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra para el año 2023

Ayuda/Subvención  

RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, DE 8 DE JULIO DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DE MÍNIMIS PARA EL APOYO A LA PRODUCCIÓN LECHERA DEL GANADO VACUNO, OVINO Y CAPRINO LIGADA A TIERRA PARA EL AÑO 2024.

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