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Valoraciones de la primera fase del procedimiento de personas beneficiarias de las becas convocadas por Orden EDU/39/2025

Vistas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden EDU/39/2025, por la que se convocan cinco becas de formación práctica en la Dirección General de Calidad y Equidad Educativa y Ordenación Académica de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades, y de conformidad con lo previsto en su artículo 8.3, se publican en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades (C/ Río de la Pila, 13, Santander) y, de forma complementaria, en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (https://sede.cantabria.es/sede/) las valoraciones del comité constituido al efecto referidas a la primera fase del procedimiento de selección de las personas beneficiarias.

Tal y como prevé el artículo 8.3 de la Orden EDU/39/2025, contra las listas anteriores las personas aspirantes podrán presentar, en el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el tablón de anuncios de la Consejería, las alegaciones que estimen convenientes.

Dichas alegaciones deberán presentarse a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro (OAMR) Auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades (C/ Río de la Pila, 13, Santander) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Calidad y Equidad Educativa y Ordenacion Academica Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
20/10/2025
Plazo de presentación
Cerrado
Desde el 21/10/2025 hasta el 23/10/2025

Documentación

Documento del anuncio
BECAS_DG_2025_publicación_valoraciones_1ª_fase.pdf
Presentación de la documentación
De forma electrónica
Desde este enlace
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
De forma presencial
En cualquier oficina de la Red de oficinas del Gobierno de Cantabria

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