Sede Electrónica

RESOLUCION DEFINITIVA DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS EN EL MES DE FEBRERO DE 2024 EN EL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS POR EXPERIENCIA LABORAL.

Listados definitivas con la relación de personas admitidas y excluidas en el procedimiento de Acreditación y Evaluación de Competencias Profesionales, remitidos por los Centros Sede, del mes de FEBRERO de 2024 según Resolución de 23 de enero de 2024 por la que se establece la convocatoria para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales.

De acuerdo con la documentación aportada por los centros educativos, al amparo de la resolución de referencia, la Unidad Técnica de Formación Profesional (UT FP) de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, como órgano instructor del procedimiento, en cumplimiento del artículo séptimo apartado de dicha Resolución, procede a la publicación:

I.- Listado definitiva de las personas admitidas del procedimiento de reconocimiento de competencias convocado mediante la resolución de referencia.

ANEXO l. LISTADO DEFINITIVO DE PERSONAS ADMITIDAS EN EL MES DE FEBRERO DE 2024.

2.- Listado definitivo de las personas no admitidas del procedimiento de reconocimiento de competencias convocado mediante la resolución de referencia.

ANEXO ll. LISTADO DEFINITIVA DE PERSONAS NO ADMITIDAS EN EL MES DE FEBRERO DE 2024.

Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
Materia
Educación y formación
Publicado el
22/03/2024
Plazo de presentación
Abierto
La resolución indica el plazo y lugar de impugnación.

Documentación

Documento del anuncio
RESOLUCION_LISTADOS_DEFINITIVOS_FEBRERO_24_report.pdf
Documentación anexa
ANEXO_I_RELACION_DEFINITIVA_PERSONAS_ADMITIDAS_ACREDITACION_COMPETENCIAS_FEBRERO_24_report.pdf
ANEXO_II_RELACION_DEFINITIVA_PERSONAS_EXCLUIDAS_ACREDITACION_DE_COMPETENCIAS_FEBRERO_24_report.pdf
Presentación de la documentación
De forma electrónica
Desde este enlace
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
De forma presencial
En cualquier oficina de la Red de oficinas del Gobierno de Cantabria

Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

Lo entiendo