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Resolución de la Orden IND/14/2025, de 19 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2025, destinadas a organizaciones sindicales con menor representatividad para el fomento del diálogo social

RESOLUCION

Al amparo de la Orden IND/14/2025, de 19 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a las organizaciones sindicales con menor representatividad para el fomento del diálogo social, han sido analizadas y valoradas las solicitudes de ayudas que a continuación se relacionan.

Por tal motivo, visto el apartado 10.1 de la citada Orden de convocatoria, la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como el informe fiscal favorable emitido por la Intervención Delegada de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, en relación la propuesta efectuada por la Unidad de Política Laboral de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo.

RESUELVO

1.- Conceder las ayudas previstas en la Orden IND/14/2025 de 19 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para las organizaciones sindicales con menor representatividad para el fomento del dialogo social.

2.- Disponer un gasto por importe de SETENTA Y DOS MIL CIEN EUROS (72.100 €), con destino a financiar las ayudas a que se refiere el punto 1 para organizaciones sindicales, correspondiente a los expedientes y terceros que se indican.

4.- Habilitar al Director General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo para establecer en su notificación las condiciones generales y particulares que habrán de cumplir los beneficiarios de la subvención.

5.- Financiar el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria 12.04.494M.484.

Esta Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de su notificación, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 149 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
19/05/2025
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 19/05/2025 hasta el 19/06/2025

Documentación

Documento del anuncio
RESOLUCION_CONSEJERO_2025.pdf

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