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RESOLUCIÓN concesión ayudas destinadas a promover el mantenimiento del empleo autónomo al amparo de la Orden IND/22/2025, de 8 de abril

Vista la Propuesta de Resolución formulada por la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo y el informe fiscal emitido por la Intervención Delegada de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado Décimo.1 de la Orden IND/22/2025, de 8 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo, la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y demás normas de general y procedente aplicación,

RESUELVO:

1.- CONCEDER las ayudas destinadas a promover el mantenimiento del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de Cantabria previstas en la citada Orden de convocatoria a las personas que se relacionan en los Anexos 1A, 1B, y 1C.

2.- DENEGAR las solicitudes de subvención que se relacionan en el Anexo 2, indicando el motivo de su denegación.

3.- ORDENAR EL ARCHIVO de los expedientes que se relacionan en el Anexo 3, teniendo a las personas solicitantes por desistidas de su petición, por no haber aportado en el plazo establecido la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos fijados en la convocatoria, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 23.5 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, o bien, haber presentado escrito de desistimiento expreso de su solicitud.

4.- INADMITIR las solicitudes presentadas fuera de plazo que se relacionan en el Anexo 4.

5.- Las ayudas concedidas tienen carácter de ayuda de minimis y están sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 (Minimis general), al Reglamento (UE) 1408/2013 (ayudas de minimis en el sector agrícola) y al Reglamento (UE) 717/2014 (ayudas de minimis en el sector de la pesca y la acuicultura).

6.- Se acuerda, asimismo, DISPONER UN GASTO por importe total de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS EUROS (3.550.600,00 Euros) destinado a financiar las acciones subvencionables que establece la Orden de convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.04.494M.474 y con el siguiente detalle:

¿ BDNS 826039 - Ayudas de minimis sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023: 3.249.650,00 Euros.

¿ BDNS 826053 - Ayudas de minimis sujetas al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, de 2013 modificado por Reglamento (UE) 2024/3118 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2024: 297.450,00 Euros.

¿ BDNS 826062 - Ayudas de minimis sujetas al Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, modificado por Reglamento (UE) 2023/2391 de la comisión, de 4 de octubre de 2023: 3.500,00 Euros.

7.- Tramitar la liberación del crédito restante, por importe de CIENTO SESENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS (160.350,00 Euros), reintegrándose el mismo a la aplicación presupuestaría anteriormente citada.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de su notificación, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
25/08/2025
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 25/08/2025 hasta el 25/09/2025

Documentación

Documento del anuncio
RESOLUCION_ORDEN_IND_22-2025_MAEA.pdf
Presentación de la documentación
De forma electrónica
Desde este enlace
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