RESOLUCIÓN concesión ayudas destinadas a promover el mantenimiento del empleo autónomo al amparo de la Orden IND/22/2025, de 8 de abril
Vista la Propuesta de Resolución formulada por la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo y el informe fiscal emitido por la Intervención Delegada de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado Décimo.1 de la Orden IND/22/2025, de 8 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo, la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y demás normas de general y procedente aplicación,
RESUELVO:
1.- CONCEDER las ayudas destinadas a promover el mantenimiento del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de Cantabria previstas en la citada Orden de convocatoria a las personas que se relacionan en los Anexos 1A, 1B, y 1C.
2.- DENEGAR las solicitudes de subvención que se relacionan en el Anexo 2, indicando el motivo de su denegación.
3.- ORDENAR EL ARCHIVO de los expedientes que se relacionan en el Anexo 3, teniendo a las personas solicitantes por desistidas de su petición, por no haber aportado en el plazo establecido la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos fijados en la convocatoria, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 23.5 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, o bien, haber presentado escrito de desistimiento expreso de su solicitud.
4.- INADMITIR las solicitudes presentadas fuera de plazo que se relacionan en el Anexo 4.
5.- Las ayudas concedidas tienen carácter de ayuda de minimis y están sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 (Minimis general), al Reglamento (UE) 1408/2013 (ayudas de minimis en el sector agrícola) y al Reglamento (UE) 717/2014 (ayudas de minimis en el sector de la pesca y la acuicultura).
6.- Se acuerda, asimismo, DISPONER UN GASTO por importe total de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS EUROS (3.550.600,00 Euros) destinado a financiar las acciones subvencionables que establece la Orden de convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.04.494M.474 y con el siguiente detalle:
¿ BDNS 826039 - Ayudas de minimis sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023: 3.249.650,00 Euros.
¿ BDNS 826053 - Ayudas de minimis sujetas al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, de 2013 modificado por Reglamento (UE) 2024/3118 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2024: 297.450,00 Euros.
¿ BDNS 826062 - Ayudas de minimis sujetas al Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, modificado por Reglamento (UE) 2023/2391 de la comisión, de 4 de octubre de 2023: 3.500,00 Euros.
7.- Tramitar la liberación del crédito restante, por importe de CIENTO SESENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS (160.350,00 Euros), reintegrándose el mismo a la aplicación presupuestaría anteriormente citada.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de su notificación, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Identificación
- Tipo
- Notificaciones
- Promotor / Responsable
- Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Materia
- Becas, ayudas y premios
- Publicado el
- 25/08/2025
- Plazo de presentación
- Abierto
Desde el 25/08/2025 hasta el 25/09/2025
Documentación
- Documento del anuncio
- RESOLUCION_ORDEN_IND_22-2025_MAEA.pdf
- Presentación de la documentación
-
- De forma electrónica
- Desde este enlace
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- De forma presencial
- En cualquier oficina de la Red de oficinas del Gobierno de Cantabria
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 25/08/2025 hasta el 25/09/2025
Presentación electrónica
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
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