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Requerimiento de subsanación subvenciones a entidades sin ánimo de lucro destinadas a la realización de proyectos de ocio inclusivo para la población joven de Cantabria

En el Boletín Oficial de Cantabria nº 138, de 18 de Julio de 2025, se publicó el extracto de la Resolución, de 14 de julio de 2025, de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de ocio inclusivo para la población joven de Cantabria.

El apartado quinto de la convocatoria dispone la forma de presentación de solicitudes, junto al plazo y el lugar, y el apartado sexto la documentación a presentar junto a la solicitud.

Recibidas las solicitudes, según establece el apartado octavo, punto 8 en referencia a la instrucción del procedimiento de concesión, el órgano instructor verificará que se cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y si advirtiese que alguna de ellas carece de datos requeridos o la documentación que se acompaña es defectuosa o incompleta, se requerirá a la entidad solicitante, en la forma establecida en el punto 3 de este apartado, para que en el plazo máximo de diez días hábiles subsane su solicitud, con apercibimiento de que se le tendrá por desistido si no lo hiciere previa resolución dictada en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Juventud, Cooperacion Al Desarrollo y Voluntariado Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
02/09/2025
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 03/09/2025 hasta el 17/09/2025

Documentación

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