REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES Y/O APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS POR LA ORDEN IND/7/2024, DE 11 DE MARZO
En cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 15.4 de la Orden IND/7/2024, de 11 de marzo (B.O.C. 59 de 22 de marzo de 2024), por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción, se requiere la presentación de documentación necesaria para completar su expediente de solicitud, con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a las mismas:
EXP 01/23
CIF B39761390
RAZÓN SOCIAL ECOLABORA CANTABRIA, S.L.
REQUERIMIENTO
1. Creación y/o mantenimiento del empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social: aportar la comunicación de la primera prórroga correspondiente de la trabajadora Michelli Monteiro.
2. En cumplimiento del artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será requisito para obtener la condición de beneficiario cuando la subvención a percibir fuera de importe superior a 30.000 € acreditar que se cumple con los plazos de pago previstos en la ley 3/2004, de 29 de diciembre por la que se establece medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales. Apartado 3.2.e) de la Orden IND/05/2023 de 28 de marzo, que aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción.
3.En el caso de la inversión correspondiente a la adquisición del camión modelo de chasis TYBFEB71ELDD10070, aportar declaración responsable de que la entidad solicitante tiene el pleno dominio o titularidad inicial de la inversión.
4. Aportar justificantes de pago de las facturas recogidas en el anexo VIII con número de orden 8 correspondiente al proveedor MECALUX y número de orden 12 correspondiente al proveedor SID CANTABRIA SL.
5. Declaración responsable en la que se señale que las facturas y justificantes de pago presentados se corresponden con documentos originales.
Por lo expuesto, y según lo previsto en el mencionado apartado 15.4 de la Orden IND/7/2024, de 11 de marzo, la referida empresa solicitante, dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de DIEZ días hábiles, a contar desde la publicación en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (https://sede.cantabria.es/), publicándose a efectos informativos en el tablón de anuncios del sitio web de la Dirección General de Trabajo, Economía, Social y Empleo Autónomo (https://dgte.cantabria.es), para presentar los documentos requeridos.
Se advierte a la empresa solicitante que en el caso de que no atienda a este requerimiento en su totalidad en el plazo señalado, se le tendrá por desistida de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Identificación
- Tipo
- Notificaciones
- Promotor / Responsable
- Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Materia
- Becas, ayudas y premios
- Publicado el
- 07/05/2024
- Plazo de presentación
- Abierto
Desde el 07/05/2024 hasta el 21/05/2024
Documentación
- Documento del anuncio
- REQUERIMIENTO_INSERCION_2024.pdf
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.