Requerimiento de subsanación de solicitudes y documentación relativa a subvenciones LEES convocadas por ORDEN IND/35/2025, de 23 de julio (BOC núm. 146, de 31 de julio de 2025).
Requerimiento de subsanación de solicitudes y/o aportación de documentación relativa a la ORDEN IND/35/2025, de 23 de julio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2025 correspondiente a la puesta en marcha de diecisiete lanzaderas de empleo y emprendimiento solidario, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La documentación deberá ser presentada obligatoriamente de forma electrónica a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o bien a través del resto de registros electrónicos previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El plazo máximo e improrrogable es de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con la advertencia de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones, y los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Identificación
- Tipo
- Notificaciones
- Promotor / Responsable
- Direccion del Servicio Cantabro de Empleo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Materia
- Empleo y Seguridad social
- Publicado el
- 05/09/2025
- Plazo de presentación
- Abierto
Desde el 08/09/2025 hasta el 22/09/2025
Documentación
- Documento del anuncio
- Requerimiento_subsanación_LEES_25-26.pdf
- Presentación de la documentación
-
- De forma electrónica
- Desde este enlace
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 08/09/2025 hasta el 22/09/2025
Presentación electrónica
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.