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REQUERIMIENTO DE APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA RELATIVA A LA SUBVENCIÓN CONVOCADA POR LA ORDEN EPS/10/2023, DE 21 DE ABRIL.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 19.3,20.1 y 20.2 de la Orden EPS/10/2023, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba una convocatoria de subvenciones públicas destinadas a la financiación de las inversiones del Componente 23 Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el ejercicio 2023 (B.O.C. núm. 82, de 28 de abril de 2023), según lo previsto en el artículo 12.3 de la misma y de conformidad con el art. 71 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

SE REQUIERE a las personas y entidades solicitantes relacionadas en el ANEXO I para que subsanen la justificación presentada aportando la documentación solicitada, otorgando un plazo máximo e improrrogable de DIEZ días hábiles, a contar desde el día siguiente al de exposición de este requerimiento en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (https://sede.cantabria.es/), para presentar la documentación requerida. A meros efectos informativos, se publicará en la web de la Dirección General de Trabajo (https://dgte.cantabria.es/).

Se advierte a las personas y entidades solicitantes relacionadas en el ANEXO I que, en el caso de no atender este requerimiento en su totalidad incumplirán la obligación de justificación, siendo esta insuficiente e iniciándose el procedimiento de revocación y reintegro, de conformidad con el art. 38.1.c de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y del artículo 21 de la de la Orden EPS/10/2023.

Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
05/07/2024
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 08/07/2024 hasta el 19/07/2024

Documentación

Documento del anuncio
REQUERIMIENTO_JUSTIFICACION_ORDEN_EPS-10-2023.pdf
Presentación de la documentación
De forma electrónica
Desde este enlace
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
De forma presencial
En cualquier oficina de la Red de oficinas del Gobierno de Cantabria

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