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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LA ORDEN HAC/2/2025, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES A OTORGAR A LOS MUNICIPIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EUROPEAS POR LOS PUNTOS DE INFORMACIÓN EUROPEOS EN 2025.

Propuesta de resolución provisional de la orden HAC/2/2025, para que en el plazo de diez días hábiles se presenten las alegaciones que consideren oportunas. En el caso de que el importe de la subvención propuesta sea inferior a la cantidad solicitada se podrá reformular la solicitud, para ajustarla a los compromisos y condiciones de la subvención prevista o bien determinar la forma en que se financiará la diferencia.

Identificación

Tipo
Comunicaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Fondos Europeos Consejeria de Economia, Hacienda, Financiacion Autonomica y Fondos Europeos
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
14/04/2025
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 15/04/2025 hasta el 30/04/2025

Documentación

Documento del anuncio
Propuesta_de_RESOLUCION_PROVISIONAL_PIE_2025_report.pdf
Presentación de la documentación
De forma electrónica
Desde este enlace
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

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