PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL (CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2025) DESTINADAS AL FOMENTO Y LA DIFUSIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y EL TRABAJO AUTÓNOMO Y AL APOYO A LAS ENTIDADES REPRESENTATIVAS DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y EL AUTOEMPLEO SUFRAGANDO PARCIALMENTE SUS GASTOS DE ORGANIZACIÓN INTERNA Y FUNCIONAMIENTO
Visto el expediente de la IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2025, destinadas al fomento y la difusión de la economía social y del trabajo autónomo y al apoyo a las entidades representativas de la economía social y el autoempleo sufragando parcialmente sus gastos de organización interna y funcionamiento.
Visto el informe del Comité de Valoración previsto en el apartado 9.1 de la citada Orden, y según lo establecido en el apartado 9.5 de dicha Orden, la Unidad de Política Laboral de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo, como órgano competente para la instrucción del procedimiento, formula la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCION PROVISIONAL
I- Conceder las siguientes ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA I de la orden de convocatoria IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025. ANEXO 1A.
II-Denegar las siguientes ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA I de la orden de convocatoria IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025. ANEXO 1B.
III-Conceder las siguientes ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA II de la orden de convocatoria IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025. ANEXO 2A.
El importe de la subvención correspondiente a las acciones subvencionables que se recogen en los programas I y II de la orden de convocatoria asciende a 300.000 euros, según la siguiente distribución:
- 12.04.494M.485: Programas I y II: 300.000 euros. (Destinando un 80% al programa I (240.000 euros) y un 20% al programa II (60.000 euros)).
Una vez concretado por el Comité de Valoración, el resultado de la evaluación efectuada, expresando la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, asciende a un total de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS Y CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (245.740,43 €), a distribuir entre las mencionadas acciones, y con la siguiente distribución:
PROGRAMA I: Actividades de fomento y difusión de la economía social y del trabajo autónomo. Ayudas destinadas a promover actividades de formación, fomento y difusión de la Economía Social y del autoempleo.
Aplicación presupuestaria: 12.04.494M.485: SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS (67.975 €)
PROGRAMA II: Ayudas destinadas a sufragar los gastos de organización interna y funcionamiento de asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de las asociaciones de trabajadores autónomos.
Aplicación presupuestaria: 12.04.494M.485: CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS Y CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (177.765,43 €).
El importe inicial de 60.000 euros del programa II, se incrementa en la cantidad de 172.025,00 €, correspondiente al crédito sobrante del programa I, que ha sido objeto de redistribución entre las entidades solicitantes de este programa II, resultando, por tanto, un importe total para el programa II de 232.025,00 €.
TOTAL AYUDAS PROPUESTAS:
-12.04.494M.485: DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS Y CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (245.740,43 €),
De conformidad con lo establecido en el número 5 del apartado 9 de la Orden de convocatoria, la entidad solicitante, que haya sido propuesta, dispondrá de un plazo de diez días para presentar alegaciones a la baremación realizada por el comité de valoración.
Por otra parte, en el caso de los programas I, cuando el importe de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá reformular la solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, entendiéndose para aquellos que no contesten en el plazo mencionado, que en su defecto se mantendrá el contenido de su solicitud inicial.
La solicitud reformulada supondrá la aceptación de la subvención propuesta.
...
Identificación
- Tipo
- Notificaciones
- Promotor / Responsable
- Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Materia
- Becas, ayudas y premios
- Publicado el
- 02/09/2025
- Plazo de presentación
- Abierto
Desde el 02/09/2025 hasta el 17/09/2025
Documentación
- Documento del anuncio
- EC_SOC_PROPUESTA_DE_RESOLUCION_PROVISIONAL_2025.pdf
- Documentación anexa
- EC_SOC_ACTA_1.pdf
- Presentación de la documentación
-
- De forma electrónica
- Desde este enlace
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 02/09/2025 hasta el 17/09/2025
Presentación electrónica
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
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