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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL (CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2025) DESTINADAS AL FOMENTO Y LA DIFUSIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y EL TRABAJO AUTÓNOMO Y AL APOYO A LAS ENTIDADES REPRESENTATIVAS DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y EL AUTOEMPLEO SUFRAGANDO PARCIALMENTE SUS GASTOS DE ORGANIZACIÓN INTERNA Y FUNCIONAMIENTO

Visto el expediente de la IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2025, destinadas al fomento y la difusión de la economía social y del trabajo autónomo y al apoyo a las entidades representativas de la economía social y el autoempleo sufragando parcialmente sus gastos de organización interna y funcionamiento.

Visto el informe del Comité de Valoración previsto en el apartado 9.1 de la citada Orden, y según lo establecido en el apartado 9.5 de dicha Orden, la Unidad de Política Laboral de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo, como órgano competente para la instrucción del procedimiento, formula la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCION PROVISIONAL

I- Conceder las siguientes ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA I de la orden de convocatoria IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025. ANEXO 1A.

II-Denegar las siguientes ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA I de la orden de convocatoria IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025. ANEXO 1B.

III-Conceder las siguientes ayudas relativas a acciones a las que se refiere el PROGRAMA II de la orden de convocatoria IND/18/2025, de 28 de marzo de 2025. ANEXO 2A.

El importe de la subvención correspondiente a las acciones subvencionables que se recogen en los programas I y II de la orden de convocatoria asciende a 300.000 euros, según la siguiente distribución:

- 12.04.494M.485: Programas I y II: 300.000 euros. (Destinando un 80% al programa I (240.000 euros) y un 20% al programa II (60.000 euros)).

Una vez concretado por el Comité de Valoración, el resultado de la evaluación efectuada, expresando la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de subvención y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, asciende a un total de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS Y CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (245.740,43 €), a distribuir entre las mencionadas acciones, y con la siguiente distribución:

PROGRAMA I: Actividades de fomento y difusión de la economía social y del trabajo autónomo. Ayudas destinadas a promover actividades de formación, fomento y difusión de la Economía Social y del autoempleo.

Aplicación presupuestaria: 12.04.494M.485: SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS (67.975 €)

PROGRAMA II: Ayudas destinadas a sufragar los gastos de organización interna y funcionamiento de asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y de las asociaciones de trabajadores autónomos.

Aplicación presupuestaria: 12.04.494M.485: CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS Y CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (177.765,43 €).

El importe inicial de 60.000 euros del programa II, se incrementa en la cantidad de 172.025,00 €, correspondiente al crédito sobrante del programa I, que ha sido objeto de redistribución entre las entidades solicitantes de este programa II, resultando, por tanto, un importe total para el programa II de 232.025,00 €.

TOTAL AYUDAS PROPUESTAS:

-12.04.494M.485: DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS Y CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (245.740,43 €),

De conformidad con lo establecido en el número 5 del apartado 9 de la Orden de convocatoria, la entidad solicitante, que haya sido propuesta, dispondrá de un plazo de diez días para presentar alegaciones a la baremación realizada por el comité de valoración.

Por otra parte, en el caso de los programas I, cuando el importe de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá reformular la solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, entendiéndose para aquellos que no contesten en el plazo mencionado, que en su defecto se mantendrá el contenido de su solicitud inicial.

La solicitud reformulada supondrá la aceptación de la subvención propuesta.

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Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
02/09/2025
Plazo de presentación
Abierto
Desde el 02/09/2025 hasta el 17/09/2025

Documentación

Documento del anuncio
EC_SOC_PROPUESTA_DE_RESOLUCION_PROVISIONAL_2025.pdf
Documentación anexa
EC_SOC_ACTA_1.pdf
Presentación de la documentación
De forma electrónica
Desde este enlace
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