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NOTIFICACION RESOLUCION CONCESION AYUDAS BONO SOCIAL TERMICO AÑO 2024

Anuncio de notificación de la Resolución, de fecha 11 de diciembre de 2024, del Consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, por la que se conceden las ayudas relativas al bono social térmico del año 2024, previstas en un pago único, establecidas en los artículos 5 y siguientes del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores y en la disposición adicional tercera de la Ley de Cantabria 11/2021, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, a 16.234 personas beneficiarias, por los importes correspondientes, indicados en el documento Anexo I de la citada Resolución.

Así mismo en la citada resolución se deniegan las ayudas relativas al bono social térmico del año 2023 establecidas en los artículos 5 y siguientes del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores y en la disposición adicional tercera de la Ley de Cantabria 11/2021, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, a 86 personas beneficiarias por haber fallecido todas ellas con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 incumpliendo por lo tanto todas ellas lo establecido en el artículo 8 del citado Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, indicadas en el documento Anexo II de la citada Resolución.

Las personas beneficiarias que lo deseen podrán solicitar el cambio del número de cuenta en el que desean cobrar la ayuda presentando uno de los siguientes documentos:

- Certificado bancario

- Modelo de solicitud de cambio de cuenta debidamente cumplimentado y firmado

- Ficha de tercero debidamente cumplimentada y firmada así como sellada por la entidad bancaria

Las personas beneficiarias podrán presentar la renuncia al cobro de la ayuda solicitandolo por escrito. Para ello podrán usar el modelo habilitado al efecto.

Si la persona beneficiaria de la ayuda sus herederos/as podrán solicitar el cobro de la ayuda, siempre y cuando el fallecimiento haya tenido lugar con posterioridad al 31 de diciembre de 2023, presentando la siguiente documentación:

- Modelo SCH-BST debidamente cumplimentado y firmado.

- Certificado de defunción de la persona beneficiaria de la ayuda, en el que conste la fecha del fallecimiento.

- Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad de la persona fallecida y copia autorizada del último testamento.

En ausencia del mismo, declaración de herederos ab intestato (este documento debe incluir el acta de conclusión de la declaración de herederos). La declaración de herederos ab intestato es un procedimiento seguido ante Notario que tiene por objeto declarar qué parientes del difunto tienen la cualidad de herederos en aquellos casos en los que el difunto fallece sin otorgar testamento.

En caso de haya más de un heredero/a se deberá aportar también una declaración, firmada por todos ellos, en la cual se indicará el nombre y apellidos, así como el D.N.I., de la persona designada para el cobro de la ayuda.

- Certificado bancario o Ficha de Tercero debidamente cubierta y firmada y sellada por la entidad bancaria, del número de cuenta en el que quieren que le sea ingresada la ayuda, en el cual, la persona designada para el cobro, deberá figurar como titular.

Identificación

Tipo
Notificaciones
Promotor / Responsable
Direc. General de Industria, Energia y Minas Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Materia
Becas, ayudas y premios
Publicado el
11/12/2024
Plazo de presentación
Cerrado
Desde el 12/12/2024 hasta el 26/12/2024

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