Amplicación del plazo de ejecución y justificación de las subvenciones para la edición de libros durante el año 2025. Procedimiento 1727
Resolución de ampliación, hasta el 30 de abril de 2026, del plazo de ejecución y justificación de las actividades subvencionadas al amparo de la convocatoria de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, para la edición de libros durante el año 2025, aprobada mediante resolución del consejero de Cultura, Turismo y Deporte de 9 de julio de 2025 (identificador bdns: 845308).
Identificación
- Tipo
- Notificaciones
- Promotor / Responsable
- Direc. General de Cultura y Patrimonio Historico Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
- Materia
- Cultura
- Publicado el
- 30/12/2025
- Plazo de presentación
- -
Documentación
- Documento del anuncio
- 04_resolucion_ampliac_plazo.pdf
- Presentación de la documentación
-
- De forma electrónica
- Desde este enlace
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
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