Ayudas a la contratación en el contexto de la COVID-19.

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DECRETO 57/2021

Decreto 57/2021, de 24 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida en el contexto de la crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Becas, ayudas y premios
Número BOC
128 - Enlace BOC
Fecha BOC
05/07/2021
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Castellano.
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en el presente decreto, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, ya sean personas físicas o jurídicas, las pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo de admisión de solicitudes por parte del Servicio Cántabro de Empleo permanecerá abierto de forma continuada, debiendo presentarse cada solicitud de subvención en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que se haya producido en Seguridad Social el alta del contrato o la conversión.

No obstante, para el caso de contrataciones indefinidas iniciales o transformaciones de contratos temporales en indefinidos que hayan causado alta entre el 1 de enero de 2021 y el día de entrada en vigor de este decreto, el plazo será de un mes contado a partir del día siguiente a esta última fecha.

Asimismo, la solicitud no podrá ser presentada hasta que el contrato o la conversión en indefinido hayan sido dados de alta en Seguridad Social.

Las subvenciones contempladas se extenderán a los contratos y transformaciones que causen alta en la Seguridad Social entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, inclusive. (art. 18.5 y art. 20.4)

Fecha inicio plazo presentación
06/07/2021
Fecha fin plazo presentación
31/01/2022
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexos

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexos

Folleto informativo

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Folleto informativo

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo.
Norma atributiva

Decreto 57/2021, de 24 de Junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida en el contexto de la crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
Norma atributiva

Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
2 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

Órgano

Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.

Plazo
Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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